En principio, sólo los jueces están habilitados para ordenar mediante auto fundado el ingreso de la autoridad a un domicilio y ello es una cuestión reiteradamente explicitada en los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (ver entre otros “Fiorentino”, “Cichero”, “Rayford” y “Monticelli de Prozillo”, Fallos 306:1752, 307:440, 308:733)
No obstante ello, [...]