Para la Corte, Coronel estuvo correctamente destituido
Cuando la semana pasada se conoció que, un día hábil antes que culmine su hipotético mandato, ya estaba el veredicto de la causa judicial iniciada por el ex intendente Marcelo Coronel contra el Concejo Deliberante, por el conflicto de poderes con el cuál se llegó a la destitución, rápidamente se comenzó a especular con que el ex titular de General Rodríguez saldría airoso de la compulsa y que por un hecho político de no hacerlo reasumir se había esperado hasta la asunción “oficial” de Juan Pablo Anghileri, para dar a conocer la sentencia.
Todo tipo de versiones recorrieron los pasillos municipales e inclusive en el Concejo Deliberante había varios concejales que se mostraban nerviosos, dado que una sanción judicial a favor de Coronel podría significar problemas legales personales a futuro.
Pese a todos estos pensamientos negativos, la sorpresa fue cuando el jueves en horas del mediodía llegó el escrito oficial a las oficinas del departamento legislativo. En la resolución y por votación unánime de los jueces Eduardo De Lázzari, Héctor Negri, Daniel Soria y Luis Genoud, el fallo fue contundente al decir en su sentencia final que “El Tribunal resuelve que la destitución decidida por el Concejo Deliberante de General Rodríguez no merece reproches en cuanto a su legitimidad ni a su razonabilidad (Arts. 264, decreto ley 6769/1958) y, por consiguiente, desestimar el conflicto promovido por el señor Jorge Marcelo Coronel”.
Teniendo en cuenta lo expuesto, vale recalcar que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, efectúa su sentencia teniendo en cuenta específicamente si el procedimiento utilizado por el Concejo Deliberante para la destitución es válido, no tomando intervención en si específicamente las razones expuestas en la causa son ciertas o poco fundamentadas.
Historia
En marzo del 2010, el Concejo Deliberante suspendió –y finalmente destituyó en mayo de ese mismo año- al intendente Jorge Marcelo Coronel, a quien la Comisión Investigadora a cargo del concejal Valentín “Nito” Hengen, encontró culpable de, al menos, ocho irregularidades durante su gestión a saber: 1) Convenio extrajudicial por 1,8 millones de pesos con el ex concejal Santiago Ferro; 2) Denuncia de irregularidades en el Plan Federal de Viviendas de Villa Arrarás; 3) Denuncia radicada en la UFI 13 de Luján por usurpación de título de Licenciado y cobro de bonificaciones del 30 % desde 1996 a la fecha; 4) Denuncia del ex concejal Diego Ghirardi por aportes al PJ; 5) Denuncia del concejal Gonzalo Graña por aportes al Movimiento Nacional Justicialista; 6) Negligencia y falta de respuestas a comunicaciones efectuadas por el Concejo Deliberante; 7) Sustracción de documentación y negativa a homologar convenios firmados por el ejecutivo municipal con distintos ministerios entre los que se encuentran los programas de Protección a chicos de la calle y la actualización del Fuero Penal Juvenil y
La asignación por fuera del sistema legal a la funcionaria Otero María Cristina.
Desde el momento en que el Concejo Deliberante tomó la resolución, Coronel comenzó a realizar una presentación judicial donde pedía que la Suprema Corte declare la nulidad del decreto 447/2010, donde se establecía que cesaba en sus funciones como intendente, cargo que le fue otorgado por el voto popular en las elecciones del año 2007.
Alegó para ello que la metodología utilizada era violatoria del debido proceso, dado que la Comisión Investigadora no cumplió con el plazo de 30 días que tenía que elaborar el informe, ni tomó en cuenta la citación al intendente con 8 días de anticipación.
También expuso que el decreto adolece de argumentos y no resultan idóneos para justificar y probar los cargos imputados, ni la proporcionalidad de la sanción aplicada.
Por todo ello el pedido de Coronel era taxativo al pedir la anulación del trabajo legislativo y se disponga a restituirlo como jefe comunal.
Planteada la situación dentro del ámbito judicial por el ex intendente, muchos fueron los comentarios, a favor y en contra, por lo que quedaba esperar únicamente la sentencia de la Suprema Corte de Justicia.
Argumentos
Amparados en la jurisprudencia existente sobre el tema y analizando la situación en particular planteada entre Marcelo Coronel y el Concejo Deliberante, en el fallo se hace un análisis donde directamente se le da un fuerte aval al poder legislativo al considerar que se han respetado las reglas impuestas en la norma, por lo que la suspensión preventiva y la destitución del intendente municipal fueron correctamente aplicadas durante la etapa de resoluciones.
Según se indica en el escrito se han respetado los tiempos de la conformación de la comisión investigadora (la cuál integraron 11 concejales), se ha dado el período correspondiente para la recolección de los antecedentes y elementos de prueba y refutando la explicado por Coronel, el Concejo Deliberante le dio 10 días para que públicamente refute los cargos que tenía en su contra. “Los plazos estipulados en el régimen legal aplicable fueron cumplidos por parte del Concejo Deliberante”, dice el escrito firmado por los jueces que más adelante agrega: “En cuanto al acto que dispuso la destitución, cabe destacar que fue adoptado por la mayoría de trece concejales, con una sola abstención, cumpliendo con lo establecido por la Ley. En ese contexto, no se observa en el procedimiento llevado a cabo, una situación que amerite la declaración de nulidad solicitada por el señor Coronel”.
Evaluando directamente los puntos que llevaron a la destitución, los jueces consideraron que se cometió una irregularidad en el convenio extrajudicial suscripto por el municipio con el ex concejal Santiago Ferro, dado que se exige para la misma la homologación del Concejo Deliberante, algo que nunca se llegó a concretar en forma oficial, por lo que Coronel incurrió en la infracción endilgada por el Concejo Deliberante.
También fueron consideradas como una “irregularidad manifiestamente grave”, la denuncia efectuada ante la UFI Nº 13 con respecto a la usurpación del título de licenciado y del cobro de la bonificación del 20% y de la bonificación por técnico del 10%, por fuera de las disposiciones legales. Dado que el cobro se hizo efectivo como lo demuestra su recibo de sueldo, se entiende que judicialmente el concepto aplicado por el Concejo Deliberante es el apropiado y se incurrió en una falta grave.
Respecto a la denuncia por el sorteo y preadjudicación irregular de las viviendas del barrio Del Bicentenario que fuera realizada por la entidad “Alimentar Enseñando”, también se dio el aval a lo actuado por el legislativo, por no otorgar el gobierno de Coronel, las casas a distintos sectores sociales y además no cumplir con los porcentajes y cupos de unidades habitacionales establecidos en los articulados. “Tales imputaciones no pudieron ser desvirtuadas por el intendente municipal”, aduce el escrito legal.
Por otro lado se consideró como una irregularidad grave la situación del entonces concejal Diego Ghirardi, quién habiendo presentado su renuncia al cargo del subsecretario de gobierno el 11 de noviembre de 2009, le fue aceptada recién el 16 de diciembre del mismo año. “Esta infracción, además de ocasionar un perjuicio patrimonial a la comuna que pudo haber sido evitado, no ha sido debidamente justificada por el señor Coronel, quién alegó motivos de salud y la situación económica que podría sobrevenirle a Ghirardi”, dicen los jueces amparando otro punto positivo para el Concejo Deliberante.
En lo relativo a los descuentos compulsivos para el aporte al Consejo del Partido Justicialista al entonces director de la juventud Gonzalo Graña, se entiende que la impugnación de Coronel es válida y no se dio lugar a lo expuesto por los concejales como irregularidad.
En el orden administrativo también fue considerada falta grave no concurrir a la sesión o bien no brindar la información que se requiere al Concejo Deliberante por parte de Marcelo Coronel. “Hubo negligencias y omisiones injustificadas en los pedidos de comunicación aprobados por el cuerpo de concejales. Es una obligación del intendente suministrar datos de los informes que se presentan”, concluyó el dictamen.
Tampoco, según la justicia, fue convincente la respuesta de Coronel acerca de la designación de una agente municipal de más de 50 años, la cuál no resulta idónea a las leyes vigentes respecto al trabajo dentro del municipio.
Resolución
Finalmente el escrito judicial termina su etapa de fundamentaciones comunicando que: “Cabe destacar que si bien ciertas infracciones, como la demora de la aceptación de la renuncia de Diego Ghirardi, individualmente considerada, no resultan causas suficiente para una destitución, la valoración de las mismas con otras de mayor gravedad, tal es el caso de la falta de autorización para suscribir un convenio, la ilegitimidad de la percepción por una bonificación o la sustracción o atribución de competencias propias del Concejo Deliberante mediante la sanción de diversos decretos, configuran un supuesto de graves negligencias que ocasionan un perjuicio económico al municipio y que razonablemente justifican la calificación practicada por el Concejo Deliberante”.
Más adelante y formalizando su comunicación adujeron: “Se desestima el conflicto de poderes promovido por el señor Jorge Marcelo Coronel. En mérito de la cuestión debatida, las costas se imponen por su orden”.
Habla el presidente de la Comisión Investigadora
Al presidente de la Comisión Investigadora que destituyó al ex intendente Marcelo Coronel, el fallo de la Corte Suprema lo encuentra afuera de la función legislativa. Valentín “Nito” Hengen, dejó su banca el 10 de diciembre pasado, pero quedará en la historia como quién presidió el trabajo para determinar la salida anticipada del entonces jefe comunal.
Consultado por nuestro medio su primera opinión acerca de lo actuado en el Concejo Deliberante comentó: “Mi primera sensación al conocer el fallo fue la de sentirme contento y orgulloso de haber presidido una comisión investigadora que se formó en el Concejo Deliberante. No tenemos que olvidarnos que también es un acto democrático defender los intereses del pueblo y en éste caso de la ciudad de General Rodríguez.
Lo actuado por nosotros no era solamente un pedido del Bloque Peronista que yo integraba y den resto del cuerpo, sino que era la propia gente la que nos pedía que llevemos adelante la investigación”.
Recordando los meses en que las reuniones se multiplicaron agregó: “Más allá de haber sido el presidente de la Comisión Investigadora, con los compañeros concejales que me han acompañado en la misma, hemos hecho un trabajo arduo, difícil y que nos llenó de responsabilidad, porque cada paso que hacíamos lo analizábamos hasta tres veces, para saber si estaba dentro del marco legal. Es más, hemos sufrido muchísimo también y en mi caso particular tuve que pasar una semana con las fuerzas de seguridad en la puerta de mi casa, por temor a la represalias que se podían generar desde la posición del algún descolocado que no quería que lo suspendamos y posteriormente los destituyamos a Marcelo Coronel”.
Se debe recordar que en las sesiones en que se tocó el tema de la destitución de Coronel se produjeron fuertes incidentes, haciendo que las mismas casi deban suspenderse por las peleas generadas en las gradas donde habitualmente se coloca el público para observar el desarrollo del debate.
“Quiero decir que acá no se hizo una investigación personal contra Marcelo Coronel, sino que cualquier intendente que estuviese en esa situación, merecía la conformación de la Comisión Investigadora y que el Concejo Deliberante actuara. Que quede claro que no estoy contento por haber destituido a un intendente, sino que estoy orgulloso porque la justicia avaló lo actuado por los concejales”, remarcó el concejal que perteneció por dos períodos al bloque opositor que lideraba Sergio Maffía.
Hengen más adelante recalcó la labor de un colaborador fundamental: “Tenemos que ser sinceros que para que todo salga bien, tuvimos el asesoramiento de una de las personas que mayor conoce el derecho administrativo como lo es el doctor Iván Tenaglia. Cada paso que dábamos lo consultábamos con él, por lo que estábamos seguros que no habíamos cometidos errores en la interpretación de la legislación vigente tanto en el momento de la suspensión como posteriormente cuando se votó la destitución”.
Finalmente y con respecto a la versión que hablaba que la justicia podría fallar a favor de Coronel añadió el ex concejal: “Al Concejo Deliberante llegaron un montón de versiones. Todos los días llegaba un comentario distinto sobre la actitud que tomaría la justicia y había quienes afirmaban que la Corte fallaría a favor de Coronel y hasta se hablaba que los concejales deberían responder económicamente ante tal situación. En mi caso particular, te lo puedo asegurar, estaba convencido que el trabajo realizado había sido excelente y por eso siempre me mantuve muy tranquilo ante las opiniones de los demás”.
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