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FCI – Fondos Comunes de Inversión – Introducción


Las crisis económico-financieras tienden a resultar un fenómeno reiterado en los últimos años. Los modelos de anticipación de crisis (modelos econométricos), que en alguna medida habían pretendido aportar la solución para los inversionistas, no pudieron anticipar las crisis de México (1994-1995), Sudeste de Asia (1997), Rusia (1998), Brasil (1999), y … Argentina (2001).

Dichos manuales de consulta están destinados a ayudar a los inversores y concebidos para mercados emergentes. con cuyo uso podría detectarse, anticipadamente, el colapso de alguna moneda en la que se invirtió, y en consecuencia practicar el hedge. Tales hedge funds fueron inculpados oportunamente de haber causado las crisis, pero posteriormente, mediante el frío análisis que prosiguió a cada una de ellas, se comprobó que no eran los causantes, o, cuanto menos, no eran los únicos responsables.

Aquí en Argentina nadie osó acusar a los fondos comunes de inversión por el colapso financiero. Muy por el contrario, ha quedado demostrado que sus inversionistas han resultado ser unas víctimas más del cuanto menos imprudente, inoportuno, indecoroso e ilegítimo cambio de política económica y su consabido cambio de sistema monetario.

La figura jurídica del fondo común de inversión adquiere plena vigencia en la actualidad, debido a la necesidad de rescate de las cuotapartes que componen los mismos por parte de los inversores. Especialmente, la problemática que se presenta resulta de la inconstitucional normativa que ha pretendido y pretende legitimar al despojo colectivo más grande de la historia del que han sido víctimas en lo individual los habitantes de Argentina, la incautación de los depósitos bancarios.

Detrás del eufemismo de corralito financiero se esconde una gran maniobra de política macroeconómica que ha causado el peor desastre en las relaciones económicas, financieras y sociales argentinas, que, junto a la salida asimétrica de la convertibilidad monetaria, no podían conllevar a un resultado diferente. El período de (des)gobierno del senador Eduardo Duhalde se caracterizó por los esfuerzos del Poder Ejecutivo (y la connivencia de numerosos legisladores) por pretender justificar la incautación ilegal, obtener la derogación de la ley de subversión económica (atento las conductas desarrolladas contra el Estado y el pueblo argentinos), e insistir en la desincriminación de los presidentes y funcionarios del Banco Central de la República Argentina.

El tema central que pretendemos analizar es las vías procesales en procura del rescate de las cuotapartes de los fondos comunes de inversión, a la luz de: 1) la equiparación que la propia normativa incautatoria ha realizado de los fondos comunes de inversión respecto de los depósitos a plazo fijo; y 2) los antecedentes jurisprudenciales.

Mario Aguirre, Fondos Comunes de Inversión – Rescate de su incautación (Ed. del Autor – Buenos Aires, Argentina, 2003)

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