UN HOGAR ES “BIEN DE FAMILIA”

Para proteger nuestro hogar, establecido en un inmueble urbano o rural, LA LEY 14.394 nos permite constituirlo en “BIEN DE FAMILIA”, para ello exige ciertos requisitos, como por ejemplo que su valor “no exceda las necesidades del sustento y vivienda de su familia”.-

Por ello debemos inscribir la propiedad en el Registro Inmobiliario de su jurisdicción, desde ese momento, y de esta manera el “Bien de Familia” no será susceptible de ejecución o embargo, por deudas <posteriores> a su inscripción como tal, ni aún en caso de concurso o quiebra, con excepción de las obligaciones provenientes de impuestos o tasas que graven directamente al inmueble, y de ejecución por expensas.-

No podrá constituirse más de una propiedad en “Bien de Familia”, dentro de los valores fiscales y características edilicias que determina cada jurisdicción.-

A los fines de esta ley, debe tratarse del hogar conyugal, o vivienda compartida con parientes colaterales.-

De tal manera, podemos salvaguardar éste único bien de embargos o ejecuciones, y no será factible ofrecerlo como garantía de contratos.-

La constitución en “Bien de Familia” de una propiedad, podrá hacerse mediante escritura pública, o en su defecto en forma gratuita, concurriendo al Registro Inmobiliario de su jurisdicción, para ello debemos contar con la respectiva escritura de propiedad.-

NOTA: El presente blog se encuentra a disposición de los lectores, para informaciones legales o consultas jurídicas, sin cargo alguno, al mail juristaplus@yahoo.com.ar Dr.Juan C. Giménez (CPACF.Tº39 Fº864)


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alma
Noviembre 4, 2009, 6:11 am, Reportar este Comentario alma dijo

es una pregunta una abogada que jamas represento mi parte ni la conozco en la sucesion de mis padres pidio embargo sobre el unico bien motivo de la sucsion que esta en bien de familia y de la cual soy beneficiaria si puede ejecutar pregunto

jcgimenez
Noviembre 4, 2009, 1:58 pm, Reportar este Comentario jcgimenez dijo

A la pregunta de Alma, contesto: No puede ser embargado el bien de familia por deudas posteriores a su constitución, pero tal inembargabilidad debe oponerse en el juicio, mediante la correspondiente presentación, solicitando al juez el rechazo del embargo.-Le saludo atte.

marta
Noviembre 11, 2009, 7:05 pm, Reportar este Comentario marta dijo

sucesion padres bien de familia 2 unicos herederos abogada otra parte pide regulacion honorarios jueza regula valor superior al 3% de la valuacion fiscal no se respeto articulo 48 bien de familia regulo 25000 mas 12000 por costas como se impugna eso????

ALMA
Noviembre 11, 2009, 7:31 pm, Reportar este Comentario ALMA dijo

NUEVAMENTE PRIMERO AGRADECER SU RESPUESTA AHORA AMPLIAR MAS ¿PUEDE UNA ABOGADA QUE NO ME REPRESENTO PRETENDER COBRAR LO QUE NO PUDO A OTRO HEREDERO.-AVANZAR SOBRE MI O SOBRE BIENES AUTO TARGETAS.-AGRADEZCO SU RESPUESTA

ALMA
Noviembre 11, 2009, 7:31 pm, Reportar este Comentario ALMA dijo

NUEVAMENTE PRIMERO AGRADECER SU RESPUESTA AHORA AMPLIAR MAS ¿PUEDE UNA ABOGADA QUE NO ME REPRESENTO PRETENDER COBRAR LO QUE NO PUDO A OTRO HEREDERO.-AVANZAR SOBRE MI O SOBRE BIENES AUTO TARGETAS.-AGRADEZCO SU RESPUESTA

jcgimenez
Noviembre 11, 2009, 7:53 pm, Reportar este Comentario jcgimenez dijo

A la consulta de Marta, en principio el bien de familia hay que oponerlo, acreditando su existencia con un certificado de dominio, y sí se puede impugnar la regulación de honorarios.-

jcgimenez
Noviembre 11, 2009, 7:55 pm, Reportar este Comentario jcgimenez dijo

A la consulta de Alma, aclarando que mis respuesta son “en general”, todos los herederos son solidarios al pago de honorarios, aún cuando no la halla representado, pues su trabajo benefició a todos-Saludos

alma
Noviembre 14, 2009, 10:15 am, Reportar este Comentario alma dijo

MUCHAS GRACIAS DR.POR TODAS SUS RESPUESTAS ,.PREGUNTO LA PRESENTACION DEL BIEN DE FAMILIA NO ESTA HECHA EN EL ACTO DE PRESENTAR TITULO DE PROPIEDAD AL INICIAR SUCESION? HAY QUE HACER UNA PRESENTACION APARTE? DEBO SOLICITAR UNA CONSTANCIA AL REGISTRO PROPIEDAD? EL REGISTRO LO EXPIDE ?.-NUEVAMENTE GRACIAS

jcgimenez
Noviembre 14, 2009, 12:57 pm, Reportar este Comentario jcgimenez dijo

A la consulta de Alma: Debe promover un incidente con patrocinio de abogado y acompañar certificado de dominio del Registro Inmobiliario actualizado y vigente.Saludos

Ricardo
Febrero 9, 2010, 3:58 pm, Reportar este Comentario Ricardo dijo

Consulta: el bien de familia fue constituido por el padre y la madre, titulares registrales, los que tenían dos hijos mayores que no habitaban el inmueble. Dentro del formulario cuando le consultan quienes habitaban el inmueble los constituyentes denuncian que ellos solos. Fallecieron los titulares y se pretende ejecutar el inmueble por deuda de uno de los hijos quien habita el mismo. Es factible que la cobertura se brinde también por deudas de quien no lo ha constituido. Agradeceré su respuesta

graciela
Noviembre 7, 2010, 9:54 am, Reportar este Comentario graciela dijo

consulta

Se hizo la Sucesiòn.
El bien de familia se vendio x tracto abreviado.
No se inscribiò a nombre de los herederos
Valor fiscal proxima 55000 pesos
Valor real 94000 dolares
es correcta la aplicaciòn del art 48 de la ley 14394 ?
necesito jurisprudencia
muchas gracias!!

Pablo
Enero 3, 2011, 8:04 pm, Reportar este Comentario Pablo dijo

Hola, le queria consultar lo siguiente, si un departamento es puesto como bien de familia para incluir a los hijos junto a los padres y protejer el bien. Los hijos pasan a tener los mismos derechos que los padres con respecto a ese departamento, por ejemplo en la representacion de la unidad funcional frente a un consorcio? o los titulares siguen siendo los padres?

Muchas Gracias!

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sergio
Junio 15, 2011, 11:25 pm, Reportar este Comentario sergio dijo

en una sucesion como bien de familia se le regularon al abogado el 6%, cuando la ley14394 en su articulo 48 determina como maximo el 3%.Si esto es correcto,es posible que el juez no lo tenga en cuenta. Esto es factible de apelar El abogado que tramito la sucesion me manda a mi a reclamar al jusgado.

alejandra
Febrero 5, 2012, 9:01 pm, Reportar este Comentario alejandra dijo

si un inmueble esta como bien de familia corresponde hacer sucesion? gracias

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