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Febrero 10, 2012 | Por fonta | Claves: Comunitat Valenciana, juego, Modificación, reglamento, zona de azar | # Enlace permanente

España.- 10 de Febrero del 2012 www.zonadeazar.com – Decreto 26/2012, 3 de Febrero, del Consell, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento de Casinos de Juego de la Comunitat Valenciana, del Reglamento del Juego del Bingo, del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, del Reglamento de Apuestas de la Comunitat Valenciana y del Reglamento de la Publicidad del Juego en la Comunitat Valenciana.
Solicitar Reglamento Completo a : info@zonadeazar.com
Editó: @_fonta www.zonadeazar.com
Septiembre 20, 2011 | Por fonta | Claves: juegos, poker, reglamento, zona de azar | # Enlace permanente

España.- www.zonadeazar.com Desde Poker-Red lanzaron una campaña para hacer oír en el Ministerio de Hacienda tras la presentación del primer borrador del reglamento del poker en la nueva ley del juego. Comprobamos los resultados… Y con novedades de última hora.
A petición de nuestros usuarios y tras un estudio del catastrófico primer borrador del reglamento del poker, preparamos un documento con la idea de hacer partícipe a nuestra comunidad en el proceso de alegaciones a aquel incalificable despropósito.
El primer borrador del proyecto, presentado en julio, era este. El proyecto de orden ministerial que recoge el nuevo reglamento del poker ha sido presentado día 16 de septiembre.
Quiero en este artículo estudiar si nuestras reclamaciones han sido tenidas en cuenta en el que es ya el proyecto de orden, publicado el viernes. Señalaré las diferencias entre ambos documentos y haré referencia a las peticiones concretas de nuestro e-mail en los apartados correspondentes.
La exposición de motivos, que abre los documentos, permanece invariada. Los cinco primeros artículos, estructurales, tampoco cambian.
En las disposiciones finales, se incluye la Disposición final 1.3 que autoriza a la Comisión Nacional del Juego (CNJ) a establecer el procedimiento que regule la concesión de licencias singulares y el de autorizaciones de actividades de juego de carácter ocasional. La finalidad de este añadido es especificar la necesidad de atender las necesidades de estas licencias singulares, de manera expresa, como cometido de la CNJ.
El Anexo I consta de cuatro capítulos, con un total de 16 artículos. Este esqueleto no cambia, pero dos de los artículos del capítulo IV han visto modificado su título para reflejar los cambios introducidos, aparte de ligeras variaciones en dos títulos más.
El artículo 2 del Capítulo I: “Disposiciones Generales”, recoge las definiciones de la nomenclatura referente al juego del póquer utilizada a lo largo del proyecto.
En nuestras observaciones indicábamos que la dirección del movimiento del botón de reparto era la contraria a la establecida en el póquer, que la baraja utilizada era la inglesa y no la francesa y la posibilidad de usar cuatro colores para representar los cuatro palos de la baraja en vez de sólo rojo y negro.
Todas las indicaciones se recogen en el nuevo proyecto. Además se reescriben prácticamente todas las definiciones, que comparando ambas versiones, han sido muy mejoradas.
Capítulo II: “Títulos habilitantes”.
No cambia. Apenas unos cambios de estilo para mejorar la redacción
Capítulo III: “Relaciones entre el operador y los participantes”.
El artículo 8 recoge específicamente la información que se le debe ofrecer al usuario sobre el desarrollo del juego y que debe incluir:
- Reglas particulares de los juegos ofertados, con detalle específico para cada variante desarrollada, canales y formas de participación disponibles, niveles de apuesta y fondo de juego ofrecido.
- Desarrollo de apuestas en la partida, con indicación expresa de su importe por participante, así como del montante del fondo de juego o bote. El operador deberá proporcionar esta información en tiempo real.
- Información particular a cada participante sobre las ganancias obtenidas en el juego, importe de las apuestas realizadas, y saldo de su cuenta de juego. Dicha información deberá ser proporcionada a los participantes al final de cada sesión de juego, por el mismo medioutilizado para la participación en el mismo.
- Información al participante sobre las políticas de juego responsable desarrolladas por el operador.
Hay un nuevo artículo 9.d que permite a los operadores de juego ofrecer aplicaciones de juego gratuito, que no necesitan concesión de licencia previa y no tienen obligación de requerir registro ni cuenta de juego a los usuarios pero que, en caso de publicitar juego real, deben informar claramente de que el registro y la apertura de cuenta de juego será obligatoria. Además, deben utilizar el mismo reglamento y generador aleatorio de números para no generar expectativas falsas en los usuarios acerca de sus posibilidades o probabilidades en el juego real.
Capítulo IV: “Desarrollo del juego de póquer”.
El artículo 11 se modifica para indicar expresamente la posibilidad de que en un juego se pueda proclamar ganadora de la mano a aquella combinación de cartas de menor valor. Ejemplos de modalidades que funcionan con estas reglas serían el Razz o el Omaha Hi-Lo.
En el artículo 12 “Límites a la participación en el juego de póquer“, uno de los más polémicos, se concentraban la mayoría de las quejas. La opinión mayoritaria acerca de que los mecanismos elegidos, límite de depósitos diario (600€), semanal (1.500€) y mensual (2.000€) y límite de apuestas máximas -75% del saldo de la cuenta de juego en un día- hacían prácticamente imposible jugar al póquer online de manera regular.
Desde Poker-Red, hacíamos ver que la limitación de apuesta máxima del 75% del saldo en la cuenta de juego afectaba gravísimamente al desarrollo de la modalidad del cash, restringiendo el número de manos a jugar diariamente, y no cumplía su función original en la modalidad de torneos, obligando a realizar depósitos mayores al precio de entrada de los torneos.
También hacíamos llegar al regulador el profundo rechazo a la limitación de la apuesta máxima a 30BB, que convertía todas las partidas en mesas CAP.
En el nuevo proyecto, respecto a la apuesta máxima se indica expresamente que podrá ser la totalidad del saldo de la cuenta del usuario. Se establece 5€/10€ como el nivel máximo en cash, 250€ la entrada máxima para los torneos y se prohiben expresamente las mesas deep, estableciendo 100BB como el importe máximo para sentarse en una mesa de cash. Por tanto, nuestras quejas han sido tenidas en cuenta en este aspecto.
Respecto al límite en los depósitos, el nuevo proyecto ha optado por la indefinición, dejando en manos de la CNJ el establecimiento de esos límites. Por tanto, más que hacer caso a los jugadores, se pasa la decisión a la CNJ. No se pueden considerar buenas noticias, pero sí un paso adelante ya que se abre al posibilidad de que se amplíen las cantidades en un futuro.
El artículo 13 se ve enriquecido por una más detallada explicación sobre la actuación del operador acerca de la suspensión, anulación, aplazamiento o interrupción de partidas o torneos. Se obliga al pago íntegro de los garantizados en caso de overlay.
En el artículo 16 se establece un mínimo de tres meses a partir de la finalización de una partida para la caducidad del derecho al cobro de las ganancias obtenidas en la misma.
Por último, entre las modalidades de póquer se incluye el Draw.
En resumen, todos los puntos indicados en el texto remitido al Ministerio de Economía y Hacienda por parte de los participantes en la campaña promovida por Poker-Red, hablando de lo que conocemos de primera mano y sin obviar otras actuaciones individuales o colectivas, han sido tomados en cuenta y, en su mayor parte,han sido corregidos a plena satisfacción de nuestras propuestas.
El único punto negro es el mantenimiento de un límite de depósito diario, semanal y mensual que no está cuantificado en el proyecto de orden ministerial. Queda por ver qué cantidades establece la CNJ para esos límites.
ÚLTIMA HORA: Más buenas noticias sobre los límites de depósitos para el poker.
(Editado por Jairo)
Mientras Antrodax preparaba la información sobre el nuevo reglamento del poker, en el que, por suerte, se han tenido en cuenta las observaciones que Poker-Red y la comunidad de jugadores presentamos en su día, nos acaba de llegar una nueva información sobre uno de los temas pendientes: los límites de depósito.
Acaba de publicarse un nuevo documento en el que se detallan diversas posibilidades para la implantación de límites personales inferiores a los fijados o la ampliación de los límites que establezca en su momento la CNJ.
Pasamos a citar el artículo en cuestión.
Artículo 36. Límites a los depósitos
1. Los operadores de juego deberán establecer límites económicos para los depósitos que, con carácter diario, semanal o mensual, puedan recibir de cada uno de los participantes en los distintos juegos. Estos límites no podrán tener importes superiores a los recogidos en el Anexo II a este Real Decreto.
2. Los operadores de juegos deberán ofrecer a los participantes la posibilidad de establecer voluntariamente límites, aplicables a sus propios depósitos, por importes inferiores a los establecidos con carácter general. Cada participante podrá realizar su solicitud de forma expresa e individualizada. Las peticiones deberán ser satisfechas de forma inmediata por los operadores de juegos, que, a tal fin, deberán desarrollar y poner a disposición de los participantes los sistemas técnicos necesarios para la referida autolimitación.
3. Cada participante, de forma expresa e individualizada, podrá solicitar a los operadores de juego el incremento de los importes de depósito o la desaparición de cualquier límite que tenga establecido para su cuenta de depósito, por encima de los importes recogidos en el párrafo primero de este artículo. Estas peticiones podrán ser atendidas por los operadores cuando se cumplan lo siguientes requisitos:
a) Cuando se trate de la primera petición de aumento de límites o la desaparición de cualquier limitación que realice un participante, éste deberá superar las pruebas de prevención de conductas adictivas del juego y de juego responsable, que al efecto haya establecido la Comisión Nacional del Juego. Superadas las pruebas, los nuevos límites entrarán en vigor una vez transcurridos siete días.
b) Cuando se trate de la segunda petición o ulteriores peticiones de aumento de límites que realice un mismo participante, el operador deberá realizar un análisis histórico de la trayectoria del participante en base a los aspectos que al efecto establezca la Comisión Nacional del Juego, y que estarán relacionados con su perfil, su forma de participar en los juegos y su comportamiento alejado de conductas adictivas del juego. Los nuevos límites entrarán en vigor transcurridos tres días desde que se resuelva con resultado positivo el estudio referido en esta letra.
c) No podrá solicitarse un aumento en los límites establecidos por el participante, si no han transcurrido tres meses desde la última modificación de los límites por él fijados.
33 La Comisión Nacional del Juego supervisará los procedimientos de aumento de límites y, a tal efecto, podrá solicitar de los operadores cuanta documentación estime pertinente para la comprobación de los trámites seguidos.
De este modo, otra de las observaciones que realizabamos al regulador, la posibilidad de que los límites de depósitos se incrementaran atendiendo a las singularidades de determinados perfiles de jugador, parece que también va a ser tenida en cuenta.
Respecto a los límites de depósitos, según el Anexo 2 quedan fijados igual que estaban en el primer borrador los diarios y semanales (600€ y 1500€) aumentado en 1000€ los mensuales hasta los 3000€
.No obstante, estos son aún documentos de trabajo que tienen que ser aprobados pero la línea que está siguiendo el regulador con estas modificaciones es, a nuestro juicio, la correcta.
Fuente: Poker-Red
Editó: @_fonta www.zonadeazar.com
Agosto 4, 2011 | Por fonta | Claves: juego, poker, reglamento, zona de azar | # Enlace permanente

Las Vegas.- www.zonadeazar.com Solicitar el Reglamento Completo a info@zonadeazar.com .
La Asociación de Directores de Torneos de Póker ha publicado su nuevo reglamento que llega para tratar de acotar aspectos que en anteriores versiones de las reglas quedaban expuestos a demasiada ambigüedad. El principal debate entre los jugadores sigue siendo “the table talk rule” o la norma de hablar en la mesa.
En esta revisión del reglamento son varias las especificaciones añadidas a las primigenias normas de la TDA. Acotar la normativa para que la toma de decisiones de los responsables de los torneos sea más fácil y se puedan unificar las diversas reglamentaciones ha sido el punto en común para la implementación de nuevas normas como la de la terminología oficial del torneo de poker, la manera de igualar las mesas en número de jugadores y de cómo sentar y distribuir a estos en las mesas, o cómo tratar las “cartas arriba” de las situaciones de All-in o los showdowns vistos o no vistos, y las peticiones de ver la mano del oponente. Otros hechos que cambian o se delimitan con una mayor precisión son las manos muertas y las manos que el crupier retira por no estar protegidas, y reitera la importancia de tener siempre cubiertas las cartas con algo. Sólo en el caso de haber realizado una apuesta y que esta no hubiera sido vista se le devolverían las fichas de la apuesta a dicho jugador sin cartas.
Asimismo, la estructura de los stacks para poder mantener visible el número de puntos, las peticiones de tiempo, los misdeals (o errores del crupier) o cuándo se considera si ha habido acción en la mano también son reglas que han sido acotadas. En cuanto al apartado de apuestas, las principales novedades son la cláusula de Acción Aceptada, donde hace responsable al jugador de lo que está haciendo, independientemente de un error del crupier; las Apuestas que no estén claras, los folds fuera de turno o las frases condicionales en la mesa.
Y es aquí donde la normativa se topa con los jugadores. Para Daniel Negreanu o Phil Hellmuth, las normassobre hablar en la mesa, como la de no utilizar frases condicionales son “absurdas”. En una larga entrada de su blog, el jugador canadiense argumenta el por qué esta norma no puede ser justa, basándose en las infinitas posibilidades que da el lenguaje para engañar o no al personal del torneo y por qué unas constituyen una legitimidad y otras, claramente tratarán de engañar. En todo caso, él concluye que gracias al lenguaje en la mesa se puede obtener muchísima información valiosa, por lo que constituye una habilidad del jugador utilizarlo o no, ya sean frases condicionales, afirmativas o interrogativas.
Alega que para hacer collusion o soft play, el lenguaje no es una buena arma, pues descubres el pastel rápidamente. Sin embargo, afirma, serán los hechos sobre el tapete los que puedan desenmascarar este tipo de prácticas. Phill Hellmuth también opina como su colega, y tilda en su twitter de “mala norma” al “talk rule” y se pregunta ¿qué genio ha escrito esta regla?
Pese a estas discrepancias, parece que la nueva reglamentación gusta por todo lo demás. Un aspecto especialmente llamativo es que “the floor people” o los responsables del torneo sobre el terreno tendrán prioridad total en la toma de decisiones, reafirmándose en su posición de jueces.
Editó: @_fonta www.zonadeazar.com
Agosto 29, 2010 | Por fonta | Claves: mendoza, reglamento, zona de azar | # Enlace permanente

Argentina Mendoza.- El nuevo Plan Estratégico del Instituto Provincial de Juegos y Casinos (IPJYC) contempla 10 estrategias con treinta planes cada una, y de las cuales se desprenden programas y acciones.
Entre los puntos principales, se pueden mencionar: cumplir y hacer cumplir la legislación vigente en materia de juegos oficiales; brindar un servicio de alta calidad; optimizar recursos, que tienen como destino contribuir a mejorar la salud, el deporte y el turismo provinciales. Así lo explicó el titular de Juegos y Casinos, Daniel Pereyra durante la exposición.
“La presentación de este plan es un hecho que nos enorgullece, ya que por primera vez será la misma sociedad la que pueda monitorear en forma periódica el seguimiento, evaluación y el impacto de cada una de las estrategias y de cada uno de los planes y proyectos”, señaló Pereyra.
Otros puntos importantes
- Mejora de la competitividad.
- Diseño, estudio y programación de nuevos juegos y entretenimientos.
- Afianzamiento del liderazgo en la región.
- Eficientes medidas de control y fiscalización.
- Plan publicitario, con énfasis en el aporte a salud, deporte y turismo.
- Continuar con la erradicación el juego clandestino.
- Prevención y asistencia a las personas con problemas de juego compulsivo.
- Nueva ley de juego provincial. Legislación moderna.
- Profundizar la inserción del Instituto en el ámbito internacional.
Asistieron a la presentación miembros del Directorio del Instituto Provincial de Juegos y Casinos, el presidente de la Comisión de Políticas de Juego en la Provincia, senador Ricardo Pettignano, y el secretario, diputado Luis Orbille; miembros de Amajo (Asociación Mendocina de Agentes de Quiniela).
Otros puntos en los cuales se centra el nuevo plan es realizar nuevas obras para el Hipódromo de Mendoza; generar nuevos juegos tanto tradicionales como on- line; trasladar el sector administrativo del IPJYC a la antigua escuela Bartolomé Mitre, tras la refacción y restauración de las instalaciones; y afianzar el programa propio de Juego Responsable para asistir a ludópatas.
El Plan Estratégico del Instituto de Juegos y Casinos pretende ser un documento que implique un verdadero trabajo sinérgico no sólo entre las distintas áreas sino lograr un trabajo coordinado con el Gobierno provincial, sobre todo con sus áreas de deporte, cultura, salud y desarrollo humano.
Fuente: Prensa
Julio 22, 2010 | Por fonta | Claves: italia, reglamento, zona de azar | # Enlace permanente

Italia.- La Comisión Europea ha recibido un proyecto de reglamento presentado por Italia para determinar las bases imponibles que establecerán los impuestos a aplicar a juegos de azar de cuota fija y de cartas, ambos en modalidad remota, cumpliendo así con el obligado periodo de información pública que impone la Directiva 98/34/CE.
La Comisión Europea establece la obligación de los Estados miembros de notificar a la Comisión, y a todos los demás estados, todos los proyectos de reglamentos técnicos relacionados con productos y con servicios de la Sociedad de la Información antes de ser adoptados en el ordenamiento jurídico nacional. Este procedimiento tiene por objeto proporcionar transparencia y control en relación con dichos reglamentos. Puesto que podrían crear obstáculos injustificados entre los Estados miembros, su notificación en la forma de proyecto y posterior evaluación de su contenido en el curso del procedimiento ayudan a reducir este riesgo.
En concreto, el proyecto notificado ilustra las nuevas modalidades de cálculo del impuesto único que se aplicará, no a las cantidades jugadas como ocurre con los juegos de habilidad, sino a las cantidades que no se devuelven a los jugadores en forma de ganancias. El plazo de información finaliza el próximo 7 de octubre.
Fuente: Web del Juego
Marzo 25, 2010 | Por fonta | Claves: poker, pokerstars, reglamento, Tilt Poker, zona de azar | # Enlace permanente

Casinos, Federaciones, organizadores de torneos,… cada maestrillo con su librillo. En el informativo de hoy tratamos la necesidad de armonizar las reglas, además d eun nuevo juego de la Wii y más noticias.
Los dos reglamentos de poker más utilizados son el de la Federación Internacional de Asociaciones de Poker (FIDPA), que resulta muy complejo para resolver determinadas situaciones, y el de la Asociación de Directores de Torneos (TDA), bastante más simple y que es el que se utiliza en grandes torneos como EPT, WSOP o WPT. Pero Casinos y otras federaciones tienen reglamentos distintos que ‘lían’ a los jugadores. Esto debería cambiar ¿O no?
Siempre dispuesto a poner su imagen al servicio de su juego favorito y su patrocinador PokerStars Daniel Negreanu se ha enfrentado a otros tres campeones, Gavin Smith, Erik Lindgren, Evelyn Ng en una carrera virtual de la serie ‘Excite Bots “, cuyo objetivo es recaudar un máximo de bono en forma manos de póker.
De repente, Estonia ha bloqueado 150 webs relacionadas con el juego. Muchas se han visto afectadas, como PokerStars o Full Tilt Poker.
Fuente: Que?
Enero 24, 2010 | Por fonta | Claves: iplyc, quiniela, reglamento | # Enlace permanente

POSADAS. El presidente del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, Adolfo Safrán, resolvió modificar el artículo 45° del Reglamento General de Quinielas aprobado por Resolución N° 105/06, el cual ahora establece que “no se podrá transferir a título oneroso o gratuito ningún permiso de explotación sin previo pago del importe del 10% del promedio de ventas de los últimos seis (6) meses, excluido lo producido por las maquinas ‘TIJI’ (maquinola), más un canon establecido por el Directorio. Una vez cumplimentados estos requisitos se podrá proceder a autorizar la correspondiente habilitación. El Directorio se reserva el derecho de aceptación o no de la propuesta de transferencia como de efectivamente autorizarla, previo depósito por parte del agente de la tasa que fijará el Directorio para gastos administrativos. No podrá ser transferida ninguna agencia dentro de los veinticuatro meses de su habilitación. El Directorio del IPLyC SE, queda facultado para analizar y resolver con carácter excepcional, aquellos supuestos especiales que por razones vinculadas a los intereses y objetivos de esta Sociedad del Estado, ameriten su resolución en este marco, y relevar parcialmente el cumplimiento de lo establecido en el párrafo precedente”.
La decisión se tomó a través de la resolución 348/09 del 5 de noviembre del año pasado pero publicada recién el martes en el boletín oficial.
Los cambios fueron propuestos por una Comisión de Asesoramiento, la cual señaló que “la actual redacción del artículo 45 impide resolver con criterio comercial en defensa de los intereses y objetivos del IPLyC aquellas situaciones que ameritan tratamiento particular al respecto de las transferencias de las agencias”.
Fuente: Primera Edicion Misiones
Noviembre 30, 2009 | Por fonta | Claves: españa, maquinas, reglamento, vasco | # Enlace permanente

Se limita a 2.500 el número de máquinas recreativas en el País Vasco. Fija las normas para un entretenimiento responsable ajeno a la ludopatía.
Tantas máquinas de juegos, azar y apuestas en el mercado vasco han terminado por hacer que el departamento de Juegos y Espectáculos del Gobierno Vasco haya aprobado un nuevo y moderno reglamento para facilitar su actualización y adaptación a los avances tecnológicos e informáticos. Bares, salones de juego, casinos y bingos se van a beneficiar, además de los jugadores, de esta nueva normativa institucional. El nuevo reglamento moderniza las pautas de 1991 y las sucesivas modificaciones hasta 1997 sobre máquinas recreativas de azar con premio en metálico que poblaron todos los bares de Euskadi desde comienzos de los años 90. Pero había quedado ya desfasada por las nuevas tecnologías y lo que ha hecho el Gobierno Vasco es ponerlas al día. A la vez que actualiza por ley precios, premios y avances informáticos para las terminales de azar con premio, incorpora el concepto de ‘juego responsable’, una llamada de atención que se hará obligatorio proclamar en todos aquellos espacios donde haya una máquina de juego de azar con premio en metálico. Se trata de llamar la atención del jugador para que disfrute probando suerte y no gaste dinero compulsivamente, convirtiendo el ocio en vicio y en una patología.
El nuevo decreto establece varias novedades. Una de ellas es evitar la concentración de la actividad de sistemas de azar. El número máximo de permisos de explotación de máquinas de premio, tipo B, a instalar en la totalidad de los salones de juego de la Comunidad Autónoma del País Vasco no podrá ser superior a 2.500.
Por ello, se van a emitir mil nuevos permisos de uso de máquinas de azar con premio. De ellos, 700 serán de máquinas de tipo B (las que dan premio en metálico) para hostelería, salas de fiesta y discotecas. Quienes deseen obtener una licencia para una de estas máquinas deberán canjearla por dos de las que tienen en la actualidad.
Se trata de regular «la oferta de máquinas de juego», impidiendo un «crecimiento incontrolado», manteniendo criterios de «equidad e igualdad» en lo que se refiere a la adjudicación de nuevos permisos de explotación.
Otras 300 licencias de máquinas con premio se distribuirán entre los salones de juego y casinos ya establecidos.
Las nuevas tecnologías han dado un paso de gigante en las aplicaciones que se pueden incluir en las máquinas recreativas o de azar con premio. Hasta ahora, las máquinas recreativas o de tipo A han incorporado nuevos programas informáticos que les permiten convertirse en nuevas opciones de juego, incluso en red. Así se han establecido cuatro subgrupos de este tipo de máquinas recreativas. La AM es multifunción; AR, recreativas, devuelven fichas canjeables; AV es de realidad virtual y las ASI están integradas en sistemas de juegos.
Las máquinas B, las que otorgan premio metiendo una moneda, se han subdividido en otras cuatro secciones. La BM o multipuesto, en la que pueden jugar una o más personas independientes; la BC o compartidas por dos jugadores simultáneamente; la BS, con premios especiales únicamente para salones de juego y las BG, máquinas electrónicas para jugar al bingo sin utilizar cartones.
Otra muestra de maquinas son las auxiliares, que son aquellas que emiten boletos, loterías, combinaciones aleatorias y apuestas.
Derechos de los jugadores
Dos de los artículos de la nueva reglamentación establecen consideraciones para que el juego, el azar y las apuestas no se conviertan en un impulso ludópata. Por ello, el nuevo reglamento establece que «la Administración velará por la protección de los derechos de los jugadores e impulsará la práctica del juego responsable», según el artículo 3 del Artículo II. Ello supone que habrá medidas, normativas e informativas en todos los locales de juegos. En todos los establecimientos estará visible que se trata de una forma de ocio, que es una actividad social, que puede provocar adicción y que no es un medio de vida.
Fuente: Diario Vasco.com
Octubre 31, 2009 | Por fonta | Claves: azar, colombia, juegos, reglamento | # Enlace permanente
Aunque desde hace ya varias semanas, prácticamente desde que las comisiones económicas del Congreso aprobaron el Presupuesto General del 2010 en primer debate, las terceras están tratando de evacuar el proyecto de juegos de suerte y azar, radicado por el Ministro de Protección, que busca recursos para la salud.
Sin embargo, luego de varias reuniones no se ha logrado tramitar porque se espera llegar al primer debate con previo consenso.
Las las dos comisiones están citadas para el miércoles a fin de seguir la votación. Ahora, se espera que se logre salir de la iniciativa ese día, pues no sólo tiene mensaje de urgencia, sino que se está atravesando al proyecto de reforma tributaria.
De otra parte, la plenaria de la Cámara estudiará en último debate el proyecto que busca aumentar las penas por captación masiva de dineros.
Fuente: Portafolio.com.co
Julio 13, 2009 | Por fonta | Claves: españa, publicidad, reglamento | # Enlace permanente
Los proyectos de Reglamentos de Casinos, y su Catálogo de Juegos, y Publicidad de la Comunidad Valenciana ya están en manos de las asociaciones. Se espera que los textos sean aprobados por el Consell antes de que finalice el mes de julio. La novedad en los casinos es que podrán abrir sus sucursales durante todo el año.
Los proyectos de Reglamentos de Casinos, y su Catálogo de Juegos, y Publicidad de la Comunidad Valenciana ya han sido entregados a las asociaciones para que efectuen las alegaciones que estimen oportunas. El subsecretario de Economía y Hacienda, José Miguel Escrig, ha expresado su voluntad de que estos textos puedan ser aprobados por el Consell antes de que finalice el mes de julio.
Con estos documentos ya autorizados por el Gobierno autónomo la Generalitat habrá concluido la renovación normativa de los cuatro subsectores: bingos, máquinas, salones, casinos y el dedicado a publicidad.
La novedad más importante se registrará en el Reglamento de Casinos y será la de permitir a las sucursales de los establecimientos su funcionamiento durante todo el año, no quedando subordinados a ningún cierre temporal obligatorio. En cuanto a la publicidad se trata de la primera regulación de estas características en la Comunidad Valenciana que permitirá flexibilizar las limitaciones existentes hasta la fecha.
Sector del Juego