
México.- www.zonadeazar.com La Suprema Corte resolverá en agosto un amparo promovido por la Lotenal contra la Ley del Impuesto Especial de Producción y Servicios.
La Lotería Nacional busca librarse del impuesto especial que se aplica a los juegos y sorteos, que tras una reforma en enero de 2010 grava con tasa de 30 por ciento los ingresos obtenidos por este concepto.
La Suprema Corte de Justicia resolverá en agosto un amparo promovido por la Lotenal contra la Ley del Impuesto Especial de Producción y Servicios, que expresamente aclara que este tributo aplica no solo a empresas privadas, sino también a los organismos descentralizados del gobierno.
Sumida en una crisis financiera que amenaza su existencia, Lotenal alega que es inconstitucional someter a las entidades del sector público a este tipo de cobros, que son independientes a otras cargas tributarias como el Impuesto sobre la Renta, IVA e impuesto local sobre nóminas.
“El IEPS viola la garantía de legalidad y los principios de legalidad tributaria y de racionalidad de los tributos, al sujetar a la Lotenal como organismo descentralizado de la Administración Pública Federal al pago del impuesto relativo por el servicio de realización de sorteos, sin considerar su naturaleza jurídica y objeto”, dice la demanda de amparo.
También alega que la tasa fija de 30 por ciento viola el principio de proporcionalidad tributaria.
El impuesto de 30 por ciento es uno de los más pesados que se aplican en México, superado solo por el 160 por ciento a los cigarros y el 50 por ciento a las bebidas alcohólicas con más de 20 grados GL.
Al calcular el IEPS, la Lotería sólo puede disminuir de los ingresos obtenidos el valor de los premios pagados y de los reintegros.
En primera instancia, un juez de distrito rechazó los argumentos de Lotenal y negó el amparo, y posteriormente, el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa solicitó a la Corte atraer el caso.
“Esta Corte estima que el asunto reviste características especiales para que reasuma su competencia originaria, dada la importancia excepcional del problema de fondo planteado”, señaló la Segunda Sala del máximo tribunal el pasado 27 de abril, cuando aceptó hacerse cargo de la revisión final del amparo.
El IEPS a juegos y sorteos opera desde enero de 2008, cuando la tasa era de 20 por ciento, y la Corte ya ha negado varios amparos a las empresas propietarias de casinos, pero el caso de Lotenal podría ser distinto porque su ley orgánica la concibe como un órgano de apoyo a la asistencia pública sin fines de lucro.
No es la primera vez que Lotenal pelea contra un impuesto, pese a que el Secretario de Hacienda preside la Junta Directiva del organismo, e incluso la Procuraduría Fiscal ha litigado activamente para que se niegue el amparo.
En 2008, este organismo y otras entidades paraestatales, como el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, estuvieron entre las miles de empresas que impugnaron el IETU, mismo que la Corte avaló dos años después.
Fuente: Fuente: Víctor Fuentes/Agencia Reforma
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