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La Corte igualó los derechos de los contratados del estado

La Corte Suprema de Justicia resolvió en contra de la Armada en una causa iniciada por reclamo indemnizatorio por un contrato laboral por tiempo determinado.

Un comunicado del máximo tribunal se explicó que en el expediente Ramos, la Corte falló a favor de la demanda del actor porque las tareas que desarrollaba para la Armada Argentina no eran transitorias ni podían ser incluidas dentro del régimen de excepción invocado por la entidad.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el expediente Ramos c. Estado Nacional (Ministerio de Defensa – Armada Argentina s/ indemnización por despido), revocó la sentencia de la Sala Tercera de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, al considerar procedente el reclamo indemnizatorio formulado por un empleado que, durante más de 20 años, había prestado servicios para la Armada Argentina.

El vínculo laboral, iniciado en 1976, se había prolongado por el lapso indicado merced a la renovación sucesiva de contratos por tiempo determinado, hasta que, en abril de 1998, el Director de Armamento del Personal Naval decidió disolverlo con sustento en las restricciones presupuestarias establecidas en la ley 24.938.

Descagar Fallo Ramos José Luis c/ Estado Nacional s/ Indemnización por despido

Fuente: publimetro

Condenan el uso de la figura del monotributista para reducir el costo laboral

A fin de poner un límite a una frecuente maniobra de evasión, la Justicia decidió castigar la utilización de la figura del monotributista para reducir el costo laboral empresarial.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo  (CNAT) obligó a pagar a a la productora Cuatro Cabezas más de $30.000 por utilizar la modalidad de pequeños contribuyentes para encubrir empleos en relación de dependencia. Se oculta la verdadera relación de dependencia del empleado en la figura del monoributo y que permite ahorrar a las empressas hasta un 50% en concepto de cargas sociales.

La cámara entendió que la relación laboral mantenida entre el empleado y la productora configuraba “un contrato de trabajo y no un vínculo de naturaleza comercial”. los jueces que conformaban el tribunal aseguraron que las pruebas presentadas en la causa daban cuenta del desempeño del trabajador “en tareas propias del giro empresario de la productora con cumplimiento de horario y recibiendo órdenes de personal jerárquico”.

Relación de dependencia encubierta. Una práctica habitual
El uso y abuso de la figura del monotributo para ocultar una relación de dependencia es una práctica habitual en las relaciones de trabajo. La empresas tienen ahorros importantes en el costo laboral, al no ingresar las contribuciones correspondientes, entre otras cosas. Los empleados, sufren una gran desprotección, entre otras cosas, quedan fuera del sistema de asignacioones familiares,  no  tienen  poder para negociar sus salarios, ya que no están alcanzados por los convenios colectivos de trabajo. Y  además, al ser despedidos, quedan sin derecho a indemnización.

Con la excusa del Monotributo, es habitual hacer pasar como falsas empresas a quienes se los contrata para realizar trabajos iguales a los realizados por un empleado normal en relación de dependencia.

Ver fallo


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