Archivo para la categoría ‘Acuerdos Salariales’
Junio 29, 2010 | Por ignacio | Claves: aCUERDOS COMERCIO SERC EMPLEADOS DE COMERCIO FAECYS ACUERDO JUNIO HOMOLOGACION | # Enlace permanente
Mediante la Resolución (ST) 782/2010, se homologó el acuerdo celebrado entre el Sindicato de Empleados de Comercio (SEC) y las cámaras empresarias de la actividad con fecha 16 de junio de 2010, por el cual se acordó un aumento salarial para los trabajadores del sector mercantil del 27% acumulativo a partir de mayo de 2010.
Junio 17, 2010 | Por ignacio | Claves: empleados de comercio acuerdos salarialess Acuerdo junio 2010 | # Enlace permanente
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que en el día de la fecha, luego de casi dos meses de negociaciones, se firmó el nuevo acuerdo para empleados de comercio.
El acuerdo salarial suscripto en el día de la fecha establece:
I) Otorgar un aumento salarial no remunerativo que resultará de la aplicación escalonada y acumulativa de los siguientes porcentuales:
a) Un 15% a partir de mayo de 2010.
b) Un 7% a partir de septiembre de 2010.
c) Un 5% a partir de diciembre de 2010.
II) Otorgar $ 75 (pesos setenta y cinco) en concepto de suma fija mensual no remunerativa para la totalidad de los trabajadores de la actividad, la cual se incorporará a los salarios básicos convencionales conforme el procedimiento previsto en el acuerdo. Dicha suma se abonará a partir de mayo de 2010.
Además, se consensuó trabajar fuertemente en las asimetrías regionales –especialmente- para el NEA y el NOA (Ver Art. 10). Informó en su web la CAME.
El acuerdo salarial suscripto el día 16 de junio de 2010 establece:
I) Otorgar un aumento salarial no remunerativo que resultará de la aplicación escalonada y acumulativa de los siguientes porcentuales:
a) Un 15% a partir de mayo de 2010.
b) Un 7% a partir de septiembre de 2010.
c) Un 5% a partir de diciembre de 2010.
II) Otorgar $ 75 (pesos setenta y cinco) en concepto de suma fija mensual no remunerativa para la totalidad de los trabajadores de la actividad, la cual se incorporará a los salarios básicos convencionales conforme el procedimiento previsto en el acuerdo. Dicha suma se abonará a partir de mayo de 2010.
III) Este incremento se calculará sobre:
a) Las remuneraciones básicas del convenio de actividad correspondientes a la categoría de cada trabajador.
b) Las sumas no remunerativas que le corresponda percibir a cada trabajador en función de los acuerdos vigentes a la fecha, más el importe mencionado en el punto II.
c) La sumatoria resultante de los suplementos y/o de los adicionales fijos y permanentes y/o tickets y/o su equivalente, hasta la suma de $ 900 (pesos novecientos).
d) Estos adicionales que conforman la base de cálculo no podrán ser materia de absorción ni compensación alguna.
e) Para el caso de los trabajadores con jornada parcial, los incrementos establecidos en los puntos I) y II) se abonarán en forma proporcional a la jornada pactada.
IV) Se excluyen expresamente de la base de cálculo precedente: la sumatoria de los ítems precitados en el punto III, inciso c), que excedan el tope allí establecido: comisiones, presentismo (Art. 40º CCT 130/75), horas extras, premios otorgados individual y colectivamente que no resulten fijos y permanentes y los aumentos a cuenta de esta negociación colectiva o concepto equivalente dados a partir del 21 de enero de 2010.
V) Los incrementos no remunerativos pactados en acuerdos anteriores homologados por las resoluciones ST Nº 510/08, 570/09 y 143/10 así como también los establecidos en el presente acuerdo deberán ser tomados en cuenta para el pago y/o liquidación de los siguientes rubros:
a) los adicionales fijos previstos en el CCT 130/75,
b) enfermedades inculpables (Art. 208 y ss LCT),
c) vacaciones anuales devengadas a partir de 2010 y otras licencias del CCT 130/75,
d) sueldo anual complementario.
Todo ello mientras las sumas no remunerativas mantengan tal carácter.
VI) La totalidad de las sumas no remunerativas que perciba el trabajador deberán ser tenidas en cuenta para la liquidación del salario en los siguientes casos:
a) En la licencia por maternidad, prevista en el Art. 177 de la LCT, aquellas sumas tomarán carácter remunerativo desde su inicio.
b) Los trabajadores que debieran percibir salarios por goce de licencia por incapacidad laboral temporaria derivada de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales (Ley 24.557), para los salarios correspondientes a dicho período, las sumas no remunerativas que el trabajador debiera percibir a ese momento deberán ser tomados en cuenta para su pago, conforme lo estipulado por el Art. 6º del decreto Nº 1694/09.
VII) Ambas partes se comprometen a gestionar en forma conjunta ante las autoridades públicas competentes la actualización de los porcentajes de compensación en el IVA de los aportes y contribuciones previstos en el Decreto 814/2001, que otorga beneficios fiscales a provincias y/o regiones (Ver Art. 10).
VIII) Para 2011, se acordó fijar los aumentos sobre el básico de Convenio.
Texto completo del Acuerdo
Mayo 22, 2010 | Por ignacio | Claves: acuerdo, Empleados de comercio, faecys, sec | # Enlace permanente
El sindicato de Comercio y las cámaras acordaron este viernes un aumento salarial acumulativo y no remunerativo del 29%.
Así lo afirma iProfesional en su portal, según fuentes del gremio, “tras arduas negociaciones en el Ministerio de Trabajo.” El próximo miércoles se firmaría el acta acuerdo en el Ministerio de Trabajo.
“Ya está cerrado, pasamos para el miércoles la firma (del convenio). Es un aumento acumulativo y no remunerativo del 27% en tres tramos, que con las sumas previas llega al 29%”, anunciaron fuentes del gremio, según infobae.
El incremento del 27% se otorgará de forma escalonada y acumulativa de la siguiente manera:
- 15% en mayo de 2010,
- 7% en septiembre de 2010
- 5% en diciembre de 2010.
Por otra parte, las sumas no remunerativas serán incorporadas a la base de cálculo para el pago de los adicionales por vacaciones, aguinaldo, licencia de maternidad, indemnizaciones por despido, saldos por renuncia, y antigüedad y horas extras, aseguraron desde el sindicato.
El pago de las horas extras al 100% los domingos, quedó pendiente para ser discutido en una comisión que se reunirá en los próximos días. No se ha informado aún que pasará con el plus por zona desfavorable, y el adicional para los cajeros, tampoco sobre las limitación de la cantidad de empleados a tiempo parcial.
En los comercios con más de 500 trabajadores, el sindicato busca que el aumento llegue al 35% mediante acuerdos por rama.
“Se está cerrando la paritaria. Pero con las empresas de más de 500 de trabajadores, pedimos un aumento mayor y mejores condiciones laborales (que las firmas chicas). Eso es lo que se charló y vamos a exigir”, explicó el secretario gremial del sindicato de la Capital Federal, Oscar Nieva, antes de que se realizara la reunión.
Estos serían los puntos mas destacados del acuerdo que se firmaría la semana próxima entre las cámaras y el gremio de comercio, pero de todas maneras todavía queda por saber sobre que base se aplicarán los incrementos, y cual será el esquema de incorporación de las sumas no remunerativas al básico, para lo cual habrá que esperar a leer la letra chicha del acta acuerdo.
Mayo 12, 2010 | Por ignacio | Claves: empleados farmacia UDEF acuerdos salariales paritarias 2010 | # Enlace permanente
La Asociación de Empleados de Farmacia (ADEF) representativas de la actividad farmacéutica alcanzadas por el convenio
colectivo de trabajo 414/2005 han arribado a un nuevo acuerdo de recomposición salarial el 20 de abril de 2010.
Por el citado acuerdo las partes convienen una recomposición salarial no remunerativa consistente en un incremento equivalente al 26% calculado sobre los salarios del mes de marzo 2010.
El citado incremento no remunerativo tendrá vigencia a partir del mes de abril 2010 y será de otorgamiento escalonado según el siguiente cronograma:
- 17% a partir del 1 de abril de 2010;
- 9% a partir del 1 de agosto de 2010.
El acuerdo se encuentra pendiente de homologación.
Abril 14, 2010 | Por ignacio | Claves: acei, aceiteros, esca, sala, salarios | # Enlace permanente
Con fecha 06de abril de 2010 los empleados de la industria aceitera llegaron a un nuevo acuerdo con la Cámara de la industria aceitera de la República Argentina (CIARA), en el cual se fija la nueva escala salarial para los trabajadores del gremio incluidos en los Convenios Colectivos CCT 420/05, CCT 663E/04 y CCT 391 391/04 a partir del primero de abril de 2010.Para las categorías del CCT 420/05 los nuevos valores de la escala son los siguientes:
OPERADORES
- Categoría A $18,00
- Categoría B $19,50
- Categoría C $21,33
- Categoría D $23,28
EMPLEADOS
- Categoría E $3.600,-
- Categoría F $3.900,-
- Categoría G $4.266,67
- Categoría H $4.655,56
Para las categorías del CCT 391/04 y CCT 663/04E los siguientes:
- Categoría A Inicial $3.600,-
- Categoría B Intermedio $3.900,-
- Categoría C Avanzada $4.266,67
- Categoría D Superior $4.655,56
También se acordó un pago extraordinario de una suma única “no remunerativa” de $400,- mensuales para todas las categorías durante los meses de abril, mayo, junio y agosto. Incorporandose a los básicos de la siguiente manera: Para las categorías del CCT 420/05 los nuevos valores de la escala son los siguientes: OPERADORES
- Categoría A $20,00
- Categoría B $21,50
- Categoría C $23,33
- Categoría D $25,28
EMPLEADOS
- Categoría E $4.000,-
- Categoría F $4.300,-
- Categoría G $4.666,67
- Categoría H $5.055,56
Para las categorías del CCT 391/04 y CCT 663/04E los siguientes:
- Categoría A Inicial $4.000,-
- Categoría B Intermedio $4.300,-
- Categoría C Avanzada $4.666,67
- Categoría D Superior $5.055,56
Adicional para tercer y cuarto turno
Además, en el nuevo acuerdo se reconoce la existencia del denominado tercer turno, que comprende turnos de mañana, tarde y noche de lunes a sábados y la del denominado cuarto turno, que abarca mañana, tarde y noche de lunes a domingo incluyendo fines de semana y feriados.
El reconocimiento del adicional por estos turnos se hará en forma escalonada, según se detalla a continuación:
. tercer turno cuarto turno
Desde abril de 2010 10% 15%
Desde junio de 2010 14% 20%
Desde agosto de 2010 16% 25%
Desde octubre de 2010 18% 30%
Descargar Acuerdo Aceiteros 6 de abril 2010
Abril 8, 2010 | Por ignacio | Claves: ace | # Enlace permanente
Aceiteros acordaron aumentos salariales de un 33 al 36%.
Los trabajadores aceiteros acordaron ayer con las cámaras empresarias del sector un incremento salarial de entre 33% y 35%, con lo que el sueldo básico de la actividad se elevará en forma escalonada de $ 3.000 a $ 4.000 desde este mes. El convenio que estableció el porcentaje de aumento salarial más elevado de la ronda de paritarias en marcha fue suscripto ayer por los representantes de la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, la Cámara de la Industria Aceitera y las empresas Molinos, Cargill, LDC Argentina, Nidera y Bunge en el Ministerio de Trabajo.
El acuerdo aceitero – que comprende a 15.000 trabajadores- abarca el período abril-diciembre de 2010. Y representa para la categoría más baja un incremento de $ 1.000 mensuales.
La categoría más alta sube de 3.734 pesos a $ 5.055 mensuales. Del aumento, $ 400 son “no remunerativos que pasan a ser remunerativos a partir de septiembre.
Además se reconoce un tercer turno por los horarios continuos de lunes a sábado, y un cuarto turno (domingo y fines de semana). En esos casos, hay un plus promedio del 18% para el tercer turno y del 30% para el cuarto.
El convenio fija que los empleadores retendrán el 1% mensual a todos los trabajadores, afiliados o no, con destino al sindicato. Y el 40% del incremento salarial del primer mes de aumento.
Febrero 15, 2010 | Por ignacio | # Enlace permanente
La semana pasada los representantes del
CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE SANTA ROSA – LA PAMPA y la
CAMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y PRODUCCION DE LA PAMPA acordaron una bonificación de caracter
no remunerativo de $400.
El acuerdo otorga a todos los trabajadores encuadrados en el CCT 130/75 de la zona, una suma no remunerativa de $400, que se abonará de la siguiente manera:
- $100 con los salarios del mes de Febrero de 2010
- $100 con los salarios del mes de Marzo de 2010
- $100 con los salarios del mes de Abril de 2010
- $100 con los salarios del mes de Mayo de 2010
La suma de liquidará bajo la denominación “Bonificación No remunerativa Extraordinaria Febreo de 2010″
Se aclara que “aquellos empleados que trabajen a jornada parcial o que por su fecha de ingreso y/o egreso no cumplan la totalidad de los días laborales del mes, cobrarán la bonificación estipulada en forma proporcional al tiempo trabajado”.
El acuerdo se encuentra en la Subsecretaría de Trabajo de La Pampa para ser homologado. En abril . las partes, se sentarán a discutir nuevos incrementos y otros ítems, como el presentismo.
Enero 21, 2010 | Por ignacio | # Enlace permanente
Empleados de Comercio acordaron salarios hasta fin de abril
Los empleados de comercio alcanzaron un acuerdo salarial que abarca desde el 1º de noviembre pasado y hasta el 30 de abril y mediante el cual en un plazo de doce meses, a partir de julio, se irán incorporando a los sueldos todas las sumas no remunerativas.
Según el porta de NOSIS, el convenio fue presentado al ministro de Trabajo, Carlos Tomada y fue suscripto por el presidente de la Cámara Argentina de Comercio, Carlos de la Vega, el presidente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Osvaldo Cornide, y el secretario general de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), Armando Cavalieri.
El acuerdo que beneficia a un millón de trabajadores estipula que todas las sumas no remunerativas comienzan a incorporarse a los básicos con carácter remunerativo el 1º de julio de 2010 en 12 cuotas proporcionales de 8,33% hasta el 30 de junio de 2011, contemplando los aportes que correspondan al trabajador. Los empleadores que así lo deseen, podrán anticipar la incorporación.
Incremento de 100 pesos no remunerativos
A partir de enero se establece una nueva asignación no remunerativa de $ 100 que será proporcional para los que se desempeñen en jornada reducida.
La nueva asignación se compensa con los aumentos salariales otorgados por las empresas desde el 1º de septiembre de 2009.
300 por única vez a pagar en 4 cuotas
Se otorga una asignación compensatoria especial y extraordinaria de carácter no remunerativo, por única vez, de $ 300.-, que se liquidará por rubro separado y se hará efectiva en 4 cuotas de $ 75.- entre enero y abril de 2010, extinguiéndose con la última cuota toda obligación de pago por dicho concepto.
El adicional que por antigüedad
Se establece una modificación en un 0.25% por año de antigüedad a partir del 1º de mayo y otro 0.25% a partir del 1º de diciembre, llegando allí al 1% por año de antigüedad (teniendo en cuenta que actualmente se abona el 0,50% por año de antigüedad).
Descargar Acuerdo Enero 2010

Fuente: NOSIS
Enero 17, 2010 | Por ignacio | Claves: acuerdo, comercio, empleados, Empleados de comercio, salarial, salarios, seoca | # Enlace permanente
Sin muchas novedades continúan las negociaciones entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).
Fuentes de FAECyS informaron que se prorrogaría el traspaso de los acuerdos del 2008 y 2009 al básico, como estaba acordado para enero y febrero de este año. Según el acuerdo vigente (abril 2009) las sumas del acuerdo abril 2008 (20% + $100) pasaban a remunerativas en este mes de enero, y la sumas del acuerdo abril 2009 ($300) pasaban a remunerativas en febrero próximo. Por lo que, si lo informado por las fuentes de FAECyS se confirma, las escalas para enero y febrero de 2010 quedarían sin efecto.
Incremento Salarial
Con respecto al incremento salarial, la negociación va por el mismo camino que mediante la Circular Nº4 de CAME informó días atrás, es posible que se otorguen $100 por única vez, mas $300 pagados en 4 cuotas de $75.
El otro punto se refiere a la antigüedad, se daría una un 0.50% adicional por año de antigüedad, al 0.5% ya vigente.
Noviembre 30, 2009 | Por ignacio | Claves: aumento, empleados, salarial, salarios, utedyc | # Enlace permanente
La UNION DE TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) y la FEDERACION EMPLEADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y ASOCIACIONES CIVILES (FEDECAC), acordaron otorgar sobre los básicos vigentes al 31/12/2009 un incremento salarial del 10%, aplicado de la siguiente manera:
- 5% en enero de 2010.
- 5% en Febrero del 2010.
El incremento es absorvible de los aumentos otorgados entre el 01 de agosto de 2009 y el 31 de diciembre de 2009 .
La nueva reunión será en abril de 2010
Las partes también acordaron reunirse en la primera semana el mes de abril de 2010 para continuar con las negociaciones salariales. El acuerdo está pendiente de Homologación.
Mas información y texto del acuerdo en:
IGNACIO ONLINE
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