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DIGNIDAD DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD

HAGAMOS RESPETAR NUESTRA DIGNIDAD COMO PERSONA, Y COMO SOCIEDAD

La crisis estructural en nuestro país en lo económico, social, político, institucional, territorial y humana, no se debe ver ni como principal, ni como exclusiva y única causa, en lo puramente económico; si nos quedamos con dicha reflexión, es no ver la situación de raíz ; que es lo que nos permitirá restaurar nuestro país; debemos por lo tanto sobre todo pensar y actuar conforme a los Valores Principios éticos.

Hoy es tiempo de decir basta!!, debemos dejar de lado la critica de café, de diagnósticos de escritorios, las viejas practicas de elocuentes y demagógicos discursos; que a la hora de la verdad nos damos que solo fueron meras palabras pronunciadas solo por interés personal o meramente partidarias. Por lo tanto es hora que todos nos movilicemos con participación y compromiso ciudadano para hacer respetar nuestra dignidad como persona, nuestra dignidad como pueblo, par hacer respetar nuestra Soberanía, que siempre esta en el pueblo y que jamás se debe aceptar que solo se circunscriba al voto ( y menos cuando no es libre al estar condicionado por la dádiva ).

Debemos luchar para hacer realidad la RESTAURACION DE NUESTRA ARGENTINA, para lograr la TRANSFORMACION, CULTURAL, SOCIAL, y POLITICA que precisamos los Argentinos; y que se logra con el compromiso de pensamiento y acción de todos los ciudadanos, para que abandonemos la condición de meros habitantes aletargados y en ejercicio de la Soberanía del Pueblo y rechacemos el manipuleo electoralista, clientelista, autocrático, personalista, fundamentalista, apocalíptico. Hecho que permitirá la existencia de una Democracia Participativa- Representativa, de la República, de un país Federal, que por medio de la lucha con Valores y Principios, con convicción, con esfuerzo, con trabajo productivo, podamos satisfacer las necesidades básicas y el bien colectivo.

Debemos por lo tanto para ser Ciudadanos Responsables y Comprometidos y poder restaurar nuestro País de raíz : -

Ejercer nuestro derecho constitucional de votar y no aceptar ningún tipo de avasallamiento, atropello, amedrentamiento, que atente contra nuestra dignidad y respeto.

-Ejercer nuestro derecho soberano de hacer cumplir durante el mandato a quienes hemos elegido en las urnas, a que hagan realidad , los proyectos, las propuestas, los compromisos , que asumieron en su campaña electoral.

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PEDIDO ANTE LA ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD (OPS)

San Miguel de Tucumán. Argentina,18 de Abril del 2009

Estimada Directora
de la Organización Panamericana de la Salud (OPS)
Mirta Roses

De mi consideración:

Por medio de la presente el que suscribe Dr.Miguel A. González Fidani,en mi carácter de presidente de la RED DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PARA LA INTEGRACION Y VIGENCIA DE LOS DERECHOS HUMANOS – AIDI ,miembro de la red de pacto mundial -ONU,que articula en el Noa, especialmente en la Provincia de Tucumán, tengo el agrado de dirigirme a Ud ., a fin de solicitar la intervención de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), en su condición de directora, con el fin de solicitar sus buenos oficios para que el ejecutivo nacional argentino de repuesta sin mas dilaciones a nuestras notas del 07/04/09,y13/04/09 .

En el sentido que “dada la epidemia instalada en la argentina, el gobierno argentino reconozca la imperiosa necesidad declarar la emergencia sanitaria y se cree un sistema sanitario eficiente.” ;como asimismo se inste al gobierno nacional a que actuae decididamente y concertadamente, y que debe realizarse por parte de todos los sectores, y en forma interdisciplinaria para enfrentar esa enfermedad, que puede afectar a cualquiera de nosotros, pues no hay vacuna o medicamento para prevenirlo.

Lo peticionado en las citas notas a la Sra Ministra de Salud de la Nación Argentina LIC MARIA GRACIELA OCAÑA , es a fin de que el mencionado ministerio proporcione información fidedigna sobre la situación real y en forma detallada sobre las reales cifras de casos de enfermedad y de muerte producto de la epidemia del dengue .-

Lo peticionado al ministerio de la nación argentina , sin perjuicio de ser nuestra organización miembro del pacto global de la ONU, que asumió el compromiso de velar por el cumplimiento de los 10 principios del pacto mundial ; es también objetivo y responsabilidad de nuestra Red de Investigación y Desarrollo para la Integración y vigencia de los derechos humanos, impulsar y fortalecer Políticas de Estado , el que se plasme el respeto al Orden Constitucional , el pleno ejercicio de las Instituciones , como a la real Vigencia de los Derechos Humanos .Y hoy que se instalo la ” epidemia del dengue en la argentina “.Para que lo mencionado precedentemente no quede en mera retórica, en letra muerta, “es deber legal y moral del gobierno nacional, provincial, municipal de la Republica Argentina, el proteger al paciente de la picadura de mosquitos, mientras el paciente se encuentre febril, para evitar la transmisión y/o propagación de la enfermedad.”

Por lo tanto el Gobierno Nacional no puede solo realizar una gestión de mera rectoría ;debe por medio de agentes sanitarios idóneos hacer docencia domiciliaria y comunitaria sobre dicha epidemia no solo con las personas ya enfermas (proporcionando en forma continua y sistemática los repelentes, telas mosquiteras, espirales o tabletas repelentes), sino sobre todo en forma preventiva. .Como así también es tarea del equipo de salud verificar que los responsables de las actividades de control del vector están realizando las tareas correspondientes en el área asignadas.

Por lo tanto solo sabremos de verdad que en la Argentina se vive un verdadero Estado de Derecho, rigen las instituciones, se cumple con nuestra Carta Magna se tiene en cuenta y se trabaja por el Interés Social, el Bien Común, si el Gobierno garantiza nuestro derecho a la salud, nuestro derecho a la vida. Dado que dicho deber legal esta expresamente establecido tanto en nuestro ordenamiento jurídico Constitucional Nacional como en los tratados internacionales sobre Derechos Humanos ,consagrados en nuestra ley fundamental (ART.75 INC 22 CN).

Por las consideraciones tantos fácticas (que son de conocimiento mundial), como jurídicas mencionadas , es que recurrimos por medio de la presente a esa Organización Panamericana de la Salud (OPS), para que como agencia de salud pública internacional intervenga para que se haga realidad los objetivos como la misión de la OPS en la Argentina , o sea “que el gobierno en primer lugar declare sin mas dilaciones la emergencia sanitaria y de inmediato se trabaje frente a la epidemia del dengue con un enfoque integrado y multidisciplinario, que se concrete la cooperación técnica y se avance en el desarrollo humano sostenible que alcance el derecho a la Salud como a la Vida para Todos y por Todos. “

Dr Miguel A. Gonzalez Fidani Presidente Red de integración y derechos humanos AIDI-

e.mail: info@redaidi.org.ar

Pag. Web: www.redaidi.org.ar [
[2] http://www.redaidi.org.ar/
[3] http://www.redaidi.org.ar/

EL GOBIERNO DEBE GARANTIZAR EL DERECHO A LA SALUD EL DERECHO A LA VIDA

Todos conocemos que para la epidemia del dengue solo se pueden aplicar medidas de sostén , por lo tanto ante dicha situación “es deber legal y moral del gobierno nacional, provincial, municipal de la Republica Argentina, el proteger al paciente de la picadura de mosquitos, mientras el paciente se encuentre febril, para evitar la transmisión y/o propagación de la enfermedad.” Por lo tanto el Gobierno Nacional no puede solo realizar un gestión de mera rectoría ;debe por medio de agentes sanitarios idóneos hacer docencia domiciliaria y comunitaria sobre dicha epidemia no solo con las personas ya enfermas (proporcionando en forma continua y sistemática los repelentes, telas mosquiteras, espirales o tabletas repelentes), sino sobre todo en forma preventiva. .Como así también es tarea del equipo de salud verificar que los responsables de las actividades de control del vector están realizando las tareas correspondientes en el área asignadas.


En un verdadero Estado de Derecho, en donde rigen las instituciones, se cumple con nuestra Carta Magna, cuando se tiene en cuenta y se trabaja por el Interés Social, el Bien Común; es primordial por parte del gobierno garantizar como política de estado por parte de quienes nos representan, frente a una epidemia como es hoy “el dengue”, nuestro derecho a la salud, nuestro derecho a la vida. Todo ello atento lo establecido por nuestro ordenamiento jurídico Constitucional Nacional y lo estipulado en los tratados internacionales sobre Derechos Humanos ,consagrados en nuestra ley fundamental (ART.75 INC 22 CN).


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