Archivo para la categoría ‘terminología de uso forense’

Divorcio ¿Por mutuo consentimiento o por presentación conjunta?

  • TERMINOLOGIA DE USO FORENSE
Por Pelayo Ariel Labrada.
Para que se concrete un divorcio por mutuo consentimiento solo es necesaria la voluntad libremente expresada de dos personas casadas, en goce de plena capacidad. Ello tiene características similares a la rescisión de un contrato.
Pero en nuestra legislación ese procedimiento no basta. El art. 215 del Cód. Civil exige a las partes que manifiesten “causas graves que hacen moralmente imposible la vida en común” y el juez solo puede decretar el divorcio o separación cuando “los motivos aducidos por las partes sean suficientemente graves” (art. 236 C. Civil).
Es decir, no se trata de un pacto realizado frente a un juez como si éste tuviera funciones de notario, sino que, por una vía especial y de carácter reservado, se someten a su consideración hechos que debe valorar para decidir si hay causa suficiente para decretar el divorcio (o separación), o si no la hay.
A este proceso, de características tan particulares, no se le ha dado un nombre que resulte ilustrativo, habiéndose optado por denominarlo “por presentación conjunta” en consonancia con el art. 236 Cód. Civil que habla de la “demanda conjunta”.
http://www.terminologiaforense.com.ar/

IMPORTANTE. Los contenidos y/o comentarios vertidos en este servicio son exclusiva responsabilidad de sus autores así como las consecuencias legales derivadas de su publicación. Los mismos no reflejan las opiniones y/o línea editorial de Blogs de la Gente, quien eliminará los contenidos y/o comentarios que violen sus Términos y condiciones. Denunciar contenido.
AgenciaBlog