Rezagos 2009: cómo seguimos creciendo en desechos

Tachemos el tacho: No más electrónicos a la basura

Los argentinos desechan al año casi 100.000 toneladas de aparatos eléctricos y electrónicos, la mayoría nos terminan contaminando

Nos tapa y, a veces mata, de a poquito. La chatarra eléctrica y electrónica avanza contaminando suelos, cuerpos de aguas, ecosistemas y, lo más importante, a nosotros mismos. Desde las lamparitas de bajo consumo con mercurio hasta las baterías de celulares con cadmio o los monitores con plomo y fósforo, la basura electrónica es un verdadero problema del siglo XXI. Nos volvimos electrónicos, en el trabajo, la oficina o el hogar; pero no queremos asumir la responsabilidad del posconsumo de los aparatitos y servidores que nos hacen la vida más fácil”, declara el biólogo Gustavo Protomastro de la consultora e-Scrap.

 

Según las tendencias de crecimiento de la basura electrónica, basadas en reportes de producción, importaciones y ventas de la Secretaría de Industria para electrodomésticos, informática y telecomunicaciones, así como datos de la Cámara de Máquinas de Oficina, los argentinos ya estamos desechando 2, 5 kilogramos de rezagos eléctricos y electrónicos reciclables al año; esto es unas 100.000 toneladas anuales. “Cada heladera, cada aire acondicionado, cada televisor o computadora que de desecha, conlleva diversas partes por millón de desechos peligrosos, que deben ser gestionados por empresas especializadas para ser reciclados y usados como insumos de nuevos procesos industriales”, agregó el biólogo.

 

En el mundo desarrollado y varios países emergentes, la basura electrónica no puede ser desechada en basurales o rellenos sanitarios (CEAMSE). Por ley, y porque tirar equipos electrónicos a la basura contamina y daña la salud ambiental; se trabaja en separar éstos desechos del resto de la basura doméstica. Si bien no siempre se gana planta con éste proceso, se evitan los terribles costos a futuro de limpiar su contaminación. Datos:

-        Un tubo fluorescente por su contenido en mercurio y fósforo (dos residuos peligrosos según la Ley Nacional 24.051, puede contaminar 16.000 litros de agua

-        Una batería de Níquel Cadmio de un celular, puede contaminar 50.000 litros de agua

-        Un televisor puede contaminar 80.000 litros de agua.

-        Una plaqueta de un celular o una computadora tiene mercurio, bromo, cadmio, plomo y selenio, entre otros contaminantes.

 

Mientras la electrónica está en los equipos, no hay riesgo para la salud ni el ambiente. El problema es cuando se tiran a los rellenos sanitarios, basurales clandestinos o quemas, y todos los componentes peligrosos se liberan y migran por el ambiente contaminando. Por eso, tachemos el tacho para la basura electrónica: no más chatarra electrónica a los basurales, ya!!!!!

Por qué al recambio de lamparitas le falta una pata

Peluca azul Personal Fest 07Ayer vi en TN la campaña de Greenpeace en contra de las lamparitas incandescentes. Todo muy bien, con los argumentos de reducción y eficiencia energética. Pero estamos en un terrible dilema, dado que no contemplamos los desechos contaminantes de las millones de lamparitas de bajo consumo que irresponsablemente todos tiramos a la basura….

Claro, no hay ninguna empresa de las que venden las lamparitas de bajo consumo, no hay ningún Municipio y no hay ninguna ONG, incluyendo GREENPEACE, que hagan algo con recuperar y tratar los metales pesados cancerígenos presentes en las lámparas fluorescentes o de bajo consumo…

El mundo desarrollado, donde se nutren intelectualmente muchas ONG y nuestra Primera Dama, el recambio es fundamental, pero por Ley, en Europa y Asia, toda lámpara de bajo consumo puede ser devuelta al fabricante, y toda lámpara con residuos peligrosos (de sodio, vapor de mercurio o fluorescente) de iluminación pública o ente de Gobierno, debe ser reciclado. No hacerlo es un delito penal. Hagamos algo para involucrar a fabricantes y gobiernos para que trate el posconsumo de làmpara, como hace años ya los hace Brasil.

¿Será un derrame tóxico con el recambio de 20 millones de lamparitas?

Riesgo Ambiental ante los miles de kilos de residuos peligrosos como el mercurio, halogenuros metálicos, compuestos fluorescentes, provenientes del plan canje de lamparitas

La iniciativa del Gobierno Nacional al impulsar un gran canje de lamparitas y tubos fluoresecentes es un gran salto a favor del medio ambiente y la eficiencia energética. Todo derroche de energía es insostenible desde el punto de vista económico y ambiental.

Pero el Plan tendrá un enorme impacto ambiental negativo, dado que no se tuvo en cuenta qué hacer con todos los desechos de generación universal que millones de vecinos y entes de gobierno tendrán que arrojar a la basura. Y el problema es mayor, si se contabilizan la presencia de diversos residuos peligrosos presentes en las lamparitas o tubos fluorescentes. No existe aún en la Argentina una normativa específica que obligue al ciudadano o los municipios a tener una Responsabilidad Posconsumo de

Veamos algunos casos, para alumbrado público:

Tipo de lámpara

Constituyente Peligroso

Gramos por unidad

Por un millón de unidades

Lámparas de vapor de mercurio de alta presión (peso 300 gramos)

Mercurio

Plomo

Itrio

Tierras Raras

Antimonio

Bario

Estroncio

0.06

1.50

0.36

0.039

0.006

0.15

60 Kilogramos

1.500 Kg. (1.5 Ton)

360 Kg. (360 kg)

39 Kg.

6 Kg.

150 Kg

Lámparas fluorescentes (peso medio 200 gramos)

Mercurio

Plomo

Itrio

Tierras Raras

Antimonio

Bario

Estroncio

0.035

0.0104

0.126

0.08

0.03

0.06

0.28

35 Kg.

14.4 Kg.

126 Kg.

80 Kg.

30 Kg.

60 Kg.

280 Kg.

Lámparas de Sodio de alta Presión – peso medio 300 gramos

Mercurio

Plomo

Itrio

Tierras Raras

Antimonio

Bario

Estroncio

0.06

0.6

0.12

0.003

0.126

0.09

60 Kg.

600 Kg.

120 Kg.

3 Kg.

126 Kg.

90 Kg.

Lámparas de halogenuros metálicos – peso medio 150 gramos

Mercurio

Plomo

Itrio

Tierras Raras

Antimonio

Bario

Estroncio

0.045

0.45

0.105

0.0045

0.003

0.0015

45 Kg.

450 Kg.

105 Kg.

4.5 Kg

3 Kg.

1.5 Kg.

El mercurio es una sustancia natural y un contaminante proveniente de diversas actividades industriales. Las concentraciones naturales en el agua, suelo y en los peces (bioacumuladores) varían de una región a otra y son función de la composición de la roca madre a partir de la cual se genera el suelo y de las fuentes de contaminación existentes en el área. Una vez liberado, el mercurio puede permanecer por mucho tiempo en la atmósfera antes de depositarse (mayoritariamente como mercurio elemental en fase vapor), lo que permite que este se transporte lejos de la fuente de emisión.

El mercurio ocasiona una amplia gama de efectos sistémicos en humanos (riñones, hígado, estómago, intestinos, pulmones y una especial sensibilidad del sistema nervioso), aunque varían con la forma química. Los microorganismos convierten el mercurio inorgánico en metil-mercurio, una forma química muy tóxica, persistente y bioacumulable y que además se absorbe fácilmente en el tracto gastrointestinal humano.

También el antimonio y el plomo figuran como Residuos Peligrosos en la Ley Nacional Nº 24051. Por ende, y siendo las lamparitas usadas desechos, deben ser considerados como residuos peligrosos y dispuesto por un Operador debidamente habilitado.

La constitución propia de las lámparas hace que el transporte, la recolección y el almacenamiento sean procesos delicados. Entre los aspectos físicos a tener encuentra están:

- Fragilidad: están constituidas en su mayoría por vidrio de pocos milímetros de espesor, por lo tanto se trata de un producto frágil, lo que afecta considerablemente las condiciones de transporte y almacenamiento.

- Contenido: los constituyentes son de carácter nocivo, por lo tanto es necesario tomar precauciones durante su manipulación. Una rotura del recipiente provoca la fuga de los materiales truncando cualquier acción posterior sobre la lámpara.

- Relación peso/volumen: son elementos de poco peso en comparación con su volumen, lo que dificulta su transporte y almacenamiento.

- Forma: tienen múltiples formas y tamaños lo que no facilita su apilamiento.

Por otro lado hay que tener en cuenta que se trata de un producto de consumo disperso, lo que dificulta su recolección. En resumen, se trata de residuos muy voluminosos que no se pueden compactar, de difícil recolección, clasificación, transporte y almacenaje. Existen tres tipos de consumidores de lámparas bien diferenciados, consumidor industrial, sector servicios y pequeño consumidor. En el primer y segundo caso, por tratarse de grandes consumidores, resulta más fácil realizar la recolección.

En contrapartida, para el pequeño consumidor, cuando la lámpara llega al final de su vida útil representa un objeto de manejo engorroso si se pretende participar en un sistema de recolección selectiva. Una estrategia que deberá considerar el Gobierno Nacional en su Plan de Uso Eficiente de la Energía es establecer puntos de recolección de lamparitas o tubos, ya sea en los centros municipales, en comercios y otros establecimientos, de forma de facilitar la inclusión de los pequeños consumidores, en el circuito de reciclaje.

Reciclaje de tubos fluorescentes

El equipo para el reciclaje incluye la separación de los componentes del tubo: vidrio, cabezales de aluminio, fósforo y mercurio. Consiste en un triturador, un separador, sistemas de filtración de partículas y vapor, así como cintas para el flujo de los materiales. Los diferentes materiales generados son derivados a un tratamiento posterior, reciclaje o disposición final. Un soplador industrial mantiene la presión negativa a lo largo de todo el proceso. El polvo se hace pasar a través de un sistema de filtros (que son automáticamente limpiados para evitar acumulación) y por último a través de un filtro de carbón activado antes de ser liberado a la atmósfera.

Trituración y separación: Los tubos ingresan enteros al proceso, siendo la primera etapa la trituración del vidrio. Los componentes de la lámpara son separados y depositados en diferentes contenedores. Los cabezales de aluminio y el vidrio son analizados en cuanto a su contenido de mercurio y enviados a su reciclaje fuera del sitio. El polvo de fósforo es separado y enviado a un contenedor para su posterior tratamiento. Los filamentos son removidos por un separador magnético y enviados a reciclaje.

Unidad de recuperación térmica: El polvo separado es volcado al horno, donde por la aplicación de calor el mercurio es vaporizado y posteriormente condensado y enviado a un proceso de destilación.

Destilación: El mercurio recuperado es sometido a una triple destilación para su venta como Mercurio Técnicamente Puro (99.99% puro), y usado como insumo de nuevos procesos industriales.

Reciclaje de lámparas de vía pública

Separación de componentes: Bajo una circulación de aire que mantiene la presión negativa, el globo externo del cristal se separa del vástago de la base y del metal de la lámpara que contiene el tubo interno del arco (que contiene el mercurio). Las partes que no contienen mercurio son separadas, clasificadas por tipo de material, testeadas en cuanto a su contenido de mercurio y enviadas a reciclaje.

Unidad térmica: El tubo interior se coloca en un horno donde es llevado a altas temperaturas, lo que ocasiona la vaporización del mercurio adherido al vidrio. El mercurio es enfriado y recogido para su procesamiento. El vidrio del tubo interior es enfriado, analizado y enviado a reciclaje.

Destilación: El mercurio crudo que se ha recuperado del proceso térmico es sometido a una destilación triple para quitarle impurezas, lo cual permite calificar al mercurio obtenido luego del proceso, como técnicamente puro. Lámparas de Descarga

En estas condiciones, el porcentaje devalorización de materiales es del 94% en peso de la cantidad total de lámparas tratada, llegando este porcentaje al 97,5% en el caso de las lámparas fluorescentes de tubo recto. A través del reciclaje de lámparas de descarga y tubos fluorescentes, se obtienen los siguientes productos: mercurio puro, polvo luminiscente exento de mercurio ya destilado, vidrio, metal y material de embalaje utilizado durante el transporte.

En la Argentina existen Operadores habilitados por la Ley Nº 24.051 y autorizados la SAyDS, pero sólo para la disposición final, y no hay de momento quien recuperen los metales o sustancias peligrosas como el mercurio y el plomo presentes en los residuos de luminotecnia.

Gustavo Fernández Protomastro

Biólogo y Máster en Ing. Ambiental

Los rezagos electrónicos nos tapan; qué podemos hacer

Los RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos) son consecuencia del descarte o fin de la vida útil de los AEE (Aparatos Eléctricos y Electrónicos) utilizados en los hogares y en las actividades económicas. Entre ellos se incluye equipos de informática y comunicaciones, equipos para control y vigilancias, expendedores automáticos, sistemas para automatización y control aplicados a máquinas y equipos utilizados en la producción de bienes y servicios (industrial, agro industrial, transporte, minería, petróleo y otros).

Estos aparatos tienen en común que funcionaron gracias a uso de corriente eléctrica o campos magnéticos, desde grandes equipos de refrigeración, un juguete o una tostadora, pasando por lámparas, y llegando a los equipos utilizados en los sistemas informáticos y en las telecomunicaciones (como grandes sistemas para bases y transferencias de datos, un ordenador portátil, o un teléfono móvil). Podemos agruparlos en:

1) Equipos de informática y telecomunicaciones

  • Grandes computadoras centralizadas o de salas de computos
  • Miniordenadores
  • Unidades de impresión
  • Computadoras personales o PC (incluyendo unidad central, mouse, pantalla y teclado)
  • Computadoras portátiles (incluyendo unidad central, mouse, pantalla y teclado)
  • Ordenadores portátiles tipo «notebook»
  • Ordenadores portátiles tipo «notepad»
  • Impresoras
  • Copiadoras
  • Scaners
  • Máquinas de escribir eléctricas y electrónicas
  • Calculadoras de mesa y de bolsillo
  • Sistemas y terminales de usuario
  • Centrales telefónicas
  • Terminales de fax
  • Terminales de télex
  • Teléfonos
  • Teléfonos inalámbricos
  • Teléfonos celulares
  • Contestadores automáticos
  • Y otros productos o aparatos de transmisión de sonido, imágenes u otra información por telecomunicación

2) Aparatos electrónicos de consumo

  • Radios
  • Televisores
  • Videocámaras
  • Vídeos
  • Cadenas de alta fidelidad
  • Amplificadores de sonido
  • Instrumentos musicales
  • Y otros productos o aparatos utilizados para registrar o reproducir sonido o imágenes, incluidas las señales y tecnologías de distribución del sonido e imagen distintas de la telecomunicación

3) Aparatos de alumbrado

  • Medidores de luz domésticos o comerciales
  • Luminarias para lámparas fluorescentes con exclusión de las luminarias de hogares particulares
  • Lámparas fluorescentes rectas
  • Lámparas fluorescentes compactas
  • Lámparas de descarga de alta intensidad, incluidas las lámparas de sodio de presión y las lámparas de haluros metálicos
  • Lámparas de sodio de baja presión
  • Otros aparatos de alumbrado utilizados para difundir o controlar luz con exclusión de las bombillas de filamentos

El E-Scrap, su reciclaje y disposición final

La expresión e-scrap o RAEE es el término informal popular que se utiliza para referirse a los productos electrónicos que se acercan al final de su “vida útil.”

Muchos de estos productos se pueden reutilizar, restaurar o reciclar. Por desgracia, los desechos de productos electrónicos componen el grupo de desperdicios de mayor crecimiento en la Argentina y el mundo. Se calcula que cerca del 75 por ciento de los aparatos electrónicos viejos se encuentran almacenados, debido a la incertidumbre de cómo disponer de estos materiales.

Algunas cifras que deben tenerse en cuenta: hacia el año 2010, los argentinos tendrán en sus casas o empresas e instituciones 10 millones de computadoras. Para fines del 2006, circularán 20 millones de teléfonos celulares…. A esto hay que sumarle otros 15 millones de equipos de Video (TVs, videocaseteras, DVDs, filmadoras, cámaras de fotografía, cámaras digitales, etc), 15 millones de equipos de Audio….

La mayoría de los aparatos electrónicos contiene una cantidad de elementos, incluyendo metales, que se pueden reciclar. El reciclaje de los viejos aparatos electrónicos ahorra recursos y protege el medio ambiente porque no es necesario extraer metales nuevos a partir de la minería. Además, algunos productos electrónicos contienen altos niveles de materiales, como plomo, cromo o cadmio, que los convierte en residuos peligrosos cuando son desechados.

Minería urbana sería la expresión para contrastar con la minería convencional: el reciclaje de estos aparatos permite mediante la minería urbana (reciclaje) minimizar las explotaciones mineras que tanto descrédito tienen en los círculos ambientalistas.

Asimismo, el grave problema que sufre nuestro país con la ineficiente disposición de RSU en basurales sin infraestructura, se ve aún más comprometido con la recepción de este tipo de residuos que pueden perfectamente ser redireccionados para llevar a cabo una correcta gestión.

Legislación argentina e internacional

Los residuos peligrosos de origen doméstico (el generador los dispone como si fueran RSU) constituyen un universo de residuos de características bien conocidas que hasta la actualidad no han sido abordados en el país debido a la complejidad de los aspectos operativos para su correcta gestión como así también a las responsabilidades de los actores involucrados.

Estos residuos han sido contemplados en la Ley Nº 25.916 de Gestión Integral de Residuos Domiciliarios, ley de presupuestos mínimos, que en su artículo 35, indica la necesidad de establecer “programas especiales de gestión” para los mismos.

ARTICULO 35. – Las autoridades competentes deberán establecer, en el ámbito de su jurisdicción, programas especiales de gestión para aquellos residuos domiciliarios que por sus características particulares de peligrosidad, nocividad o toxicidad, puedan presentar riesgos significativos sobre la salud humana o animal, o sobre los recursos ambientales

Los residuos domésticos peligrosos (RPD) por lo tanto se encontrarían dentro de los que denominamos “peligrosos” según nuestra ley 24051, pero a la vez son generados por nosotros en nuestros hogares mediante el consumo de productos como pinturas, plaguicidas, inflamables, pilas, lámparas de bajo consumo, aparatos eléctricos y electrónicos, etc.(art.35 ley 25916) El Convenio de Basilea, al cual Argentina adhiere por ley 23922 los caracteriza como los Y46,colectados en los hogares.

Hay entonces una urgente necesidad de un nuevo marco legal, ya que los RPD no son residuos domiciliarios regulares ni se pretende considerarlos como peligrosos – en cuanto a su manejo y disposición por parte de los particulares- y enmarcarlos dentro de la Ley 24.051, a los fines de facilitar su gestión y evitar complicados trámites y confundir a la población.

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (SAyDS) los considera como peligrosos, debido a sus componentes, no debiéndose desechar con la basura municipal (RSU). Por ende, los AEE en desuso deben se recogidos y tratados por operadores debidamente registrados en los organismos ambientales de las provincias o la Nación.

El país no cuenta con una legislación específica, pero considera que el escrap no debe ir a contaminar rellenos sanitarios o basurales municipales.Un ejemplo: un televisor o un monitor de computadora tiene hasta dos kilos de óxido de plomo

La Convención de Basilea define mayoritariamente a los RAEE dentro del Anexo VIII, en la entrada A1180, como “residuos de ensamblajes eléctricos yelectrónicos…”.”Residuo Universal/Especial Doméstico”.

          El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea autorizaron la Directiva 2002/95/CE sobre la restricción del uso de determinadas substancias peligrosas en los equipos eléctricos y electrónicos. Esta nueva directiva, conocida también como RoHS (“ro-has”) exige que, para julio de 2006, los fabricantes hayan reducido la utilización de seis substancias peligrosas hasta unos niveles mínimos aceptables: Plomo (Pb); Cromo hexavalente (Cr +6); Mercurio (Hg); Bifenilo polibromado (PBB); Cadmio (Cd); Difenil éter polibromado (PBDE).
 
          En la misma fecha se autorizó también la Directiva 2002/96/CE o RAEE  (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos) En esta directiva se fomenta la recogida, el tratamiento y el reciclaje de los residuos eléctricos y electrónicos, estableciéndose criterios específicos para ello.
 
a.. Se establecen los requerimientos respecto a la cantidad de recogida de RAEE (aparte de los de origen doméstico)
 b.. Los revendedores son responsables las devoluciones de RAEE, sin cargo.
 c.. Exige que los RAEE sean sometidos a tratamiento
 d.. Exige a los fabricantes que marquen los productos de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) con el símbolo de los RAEE (un contenedor de basuras cruzado con un aspa)
 
          Ambas directivas afectan a la totalidad del sector electrónico a todos los niveles, desde la tienda minorista a los fabricantes, los distribuidores y los fabricantes de equipos originales . 

En principio, en Argentina, se está trabajando con la Directiva RAEE de la Unión Europea tratando de adaptarla a la realidad local y se está avanzando con la Directiva RoHS que tiende a verificar como se fabrican los productos de manera de evitar cada vez más, los elementos contaminantes desde su origen.

Asimismo, se promueven programas de recolección o depósito diferenciado municipales para todo tipo de residuo doméstico peligroso, incluyendo los RAEE. El objetivo principal es lograr separar de la corriente general de residuos sólidos domésticos todos aquellos residuos que posean alguna característica de peligrosidad y que por lo tanto constituyen una corriente especial que debe recibir adecuado tratamiento y/o disposición final.

Impacto ambiental y a la salud de los residuos peligrosos domésticos

La dimensión del impacto ambiental que puede producir la presencia de estas sustancias peligrosas depende fundamentalmente de su toxicidad y de las cantidades que pueden ser liberadas al medio ambiente una vez finalizada la vida útil de los aparatos.

Todos los residuos siempre impactan en el medio ambiente, porque la mayoría de los materiales no son biodegradables. Los metales tienen una gran capacidad para persistir en el medio ambiente. Y el eslabón final siempre es el hombre, que termina ingiriéndolos a través de lo que come.

Los problemas que acarrean al organismo materiales como el plomo (daño renal, trastornos menstruales, irrita el sistema nervioso, disminución de glóbulos rojos), el cadmio (afecta al hígado, el riñón, los pulmones, el corazón, los huesos), el níquel (afecta los pulmones, provoca abortos espontáneos).

Qué hacer con los desechos electrónicos

Aquí se aplica el lema ecologista: “reducir, reusar y reciclar“. Reducir la generación de e-desechos a través de la compra inteligente y el buen mantenimiento. Reutilizar los equipos electrónicos que funcionen donándolos o vendiéndolos a alguien que todavía pueda usarlos. Reciclar los componentes que no puedan repararse. Existen hoy en el mercado argentino, operadores autorizados para retirar, de-manufacturar , reciclar y disponer en forma adecuada estos residuos.

Proyecciones en la Argentina

Las proyecciones de ventas que hacen los fabricantes incluidos en el plan lanzado por el gobierno Nacional “programa “Mi PC” proyecta colocar en el mercado doméstico 400.000 unidades de PC en el año 2005 y 10.000.000 unidades de PC en los próximos 10 años. Actualmente se estima que existen unas 6.000.000 de PC´s en los hogares, empresas y gobiernos del país.

Este plan y la necesaria actualización tecnológica, generará al menos unos 5.000.000 de equipos informáticos obsoletos en los próximos 5 años. Sin contar los que generarán las actividades industriales y servicios. Ni tampoco los equipos para uso generales como teléfonos celulares analógicos (ya obsoletos), video-caseteras (remplazadas por DVD´s), juguetes … etc .

Este dato nos lleva a establecer que en el 2006 se producirán entre 50.000 y 70.000 toneladas de rezagos electrónicos. Es decir que los RAEE representarán en muy breve plazo el 11% de los RSU. y de no mediar un manejo sustentable, las PC obsoletas en particular y las RAEE en general, terminarán abarrotando los vaciaderos municipales que no fueron pensados ni están preparados para manejar los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos: como plomo, fósforo, cadmio, níquel y plásticos bromados y otros.
Estos materiales son altamente contaminantes y requieren un tratamiento particular y especializado para su disposición final o reciclado.

Debatiendo con Cristina sobre el consumo de los electrodométicos

Tenía que llegar una mujer a poder para que el ahorro en el hogar sea una cuestión de Estado…En el marco del lanzamiento del Plan de Uso Racional de la Energía, la presidenta Cristina Fernández instó a “ser más eficientes agregando calidad competitiva a la economía argentina”. Y dijo que el crecimiento de la actividad económica demandó la necesidad de “aumentar la producción energética y diversificar la matriz”.

La electricidad mueve la economía moderna, tanto en la industria como en los servicios. Nuestras vidas cada vez están más asociadas a la luz, pero el derroche energético tiene incrementa innecesariamente los impactos ambientales de la producción energética, porque aún en la Argentina estamos aún dependiendo de la energía no renovable fósil (petróleo, gas y carbón) o nuclear. Además, derrochar es consumir la energía de las futuras generaciones y dejarle el bolonqui del Calentamiento Global

Pero, vamos a los números y veamos como ponernos en línea con Cristina. El consumo de energía se mide en kilowatt/hora. Esta unidad es ni más ni menos que el trabajo útil que extraemos de esa energía eléctrica y utilizamos para nuestro confort (por ejemplo, la luz que emiten las lámparas, el giro del motor del lavarropas, la limpieza con nuestra aspiradora, etc.).Todas las tablas de valores que presentaremos estarán expresadas en kilowatts/hora.

Equipos de video y de DVD, hornos de microondas, televisores, equipos de audio

Estos artefactos, salvo el televisor, tienen en común la falta de una tecla de apagado total, por lo que cuando no son utilizados quedan con el circuito primario encendido (stand by), lo que se indica mediante una lucecita roja. (Los televisores cuentan con la opción de dejarlos en stand by o apagarlos totalmente). Si bien ese consumo de energía inútil es muy bajo, la suma del consumo inútil de todos los aparatos hace que tenga incidencia sobre nuestra boleta de electricidad.

Para contribuir a la causa de la Presidenta, hay que tomar una idea de la real dimensión de la energía que derrochamos y que pagamos sin que nos reditúe en confort, en la Tabla 1 mostramos el consumo comparado de una serie de aparatos electrodomésticos, encendidos y en reposo (stand by).

Tabla 1

Consumo (medido en kilowatts/hora) de distintos electrodomésticos de uso común, estando dichos aparatos en uso o en reposo (stand by).

Aparato Consumo en uso En stand by Por día Por bimestre

Televisor 0,058 kw/h 0,013 kw/h 0,312 kw/h 18,7 kw/h

Horno de microondas 1,166 kw/h 0,003 kw/h 0,053 kw/h 3,1 kw/h

Reproductor de DVD 0,016 kw/h 0,003 kw/h 0,053 kw/h 3,1 kw/h

Reproductor de video 0,018 kw/h 0,009 kw/h 0,211 kw/h 16,6 kw/h

Equipo de audio 0,036 kw/h 0,024 kw/h 0,576 kw/h 34,5 kw/h

Los consumos por día y bimestre son estando el aparato en stand by; si sumamos ese derroche llegamos a la conclusión de que estamos pagando por algo que no utilizamos. Y esto para la Presidente Cristina: “es el derroche que hay que controlar”. Cada día la Señora se pone más verde…

Una forma simple y rápida de solucionar este problema es colocando un interruptor del tipo perilla de velador en el cable de alimentación o, si el aparato posee garantía, una llave de un punto exterior en el mueble donde está apoyado. No es aconsejable enchufarlo cada vez que se lo vaya a usar, ya que ello trae aparejado, en la mayoría de los casos, la rotura del cable debido a los reiterados tirones al desenchufarlo, y resulta obvio que con este sistema no prolongamos la vida útil de los equipos.

Heladeras

El funcionamiento de las mismas está condicionado por los siguientes factores:

Su ubicación. Las heladeras nunca deben colocarse en huecos pues, si bien queda estético desde el punto de vista arquitectónico, técnicamente se impide que el calor expulsado por la parrilla trasera, extraído del interior de la heladera, se disipe rápidamente; esto hace que el equipo se sobrecargue y funcione más de lo correcto.

Su temperatura. Todas las heladeras poseen un control de temperatura, el cual regula el frío en el interior del gabinete y por lo tanto el tiempo de funcionamiento. Estas condiciones varían según sea verano o invierno. Como los termostatos poseen un disco marcado de 1 a 9 (1 = menos frío y 9 = máximo), debemos utilizarlo sabiamente para economizar energía: a menos frío en invierno corresponde menos marcha de la heladera, y un punto medio en verano es una marca óptima.

Su mantenimiento. Debe evitarse la acumulación de hielo en el congelador, ya que esta anormalidad afecta el funcionamiento de termostato de corte y la marcha.

Para estar en línea con lo pedidos de Cristina controlarse el cierre hermético de la puerta. La misma posee un burlete elástico que impide la fuga de aire hacia o desde el compartimiento de alimentos; estas fugas traen aparejada la mayor marcha del equipo y como consecuencia un mayor consumo de energía.Para controlar ese burlete se desliza una hoja de papel por todo el contorno, y en aquellos sectores donde el papel pasa con mucha facilidad se coloca, en el reverso de esa zona de burlete y por su cara interna, un suplemento de algodón.

Abro un paréntesis… Mensaje para la Presidenta: “Su marido, y el ex Ministro de Economía Peirano tenían un Proyecto para un Plan Canje de Heladeras…¿le puede preguntar ésta noche cuando vuelva a su casa, en qué está el tema? Es una excelente iniciativa cambiar la viejas y derrochonas heladeras por las más nuevas, ecológicas y eficientes

Lavarropas

Es un artefacto de gran consumo de energía. ¿Sabrá Crisitina como usarlos?…Yo no, lo maneja mi mujer…. Las consideraciones a tener en cuenta podrían ser:

No cargarlo de ropa más de lo que indican las instrucciones del fabricante, ya que con ello aumentamos el consumo energético y deterioramos el artefacto.

De ser posible, utilizarlo en horas de la tarde (de 14 a 18 horas aproximadamente), pues en ese horario disminuye el consumo ciudadano en oficinas y negocios y con ello tenemos una tensión de 220 voltios más estable, con el consiguiente mejor desempeño del artefacto y menor tiempo de uso por cantidad de ropa lavada.

Es necesario, en aquellos lavarropas que poseen filtro de pelusa, limpiar periódicamente el mismo, ya que el estar obstruido hace que no desagote y siga funcionando la bomba que tiene para tal fin.

Acondicionadores de aire

Estos artefactos han evolucionado tecnológicamente a tal punto que los modelos modernos, a igual cantidad de frigorías o aire frío que entregan al ambiente, consumen menos de la mitad de energía eléctrica que los antiguos.

En los acondicionadores de aire, el ahorro de energía debemos buscarlo en función del confort que brindan de acuerdo con sus condiciones de adquisición, instalación, manejo, etc.

Generalmente, en el momento de la compra, la casa vendedora ofrece un equipo sin evaluar correctamente el ambiente donde se instalará, o simplemente propone el modelo que tienen en ese momento para la venta.

De esta incorrección pueden producirse tres situaciones al momento de usarlo:

El equipo no enfría suficientemente el ambiente y funciona por más tiempo de lo debido (= más consumo de energía eléctrica).

Enfría en demasía por ser de mayor capacidad que la debida (= más consumo de energía eléctrica).

Por casualidad nos vendieron el aparato correcto, por lo que tendremos un confort óptimo.

Un par de detalles a tener en cuenta son: nunca ubicar el equipo de aire acondicionado frente a la puerta de la habitación, y respetar la altura correcta de instalación. La altura óptima es 1,50 metros, medidos desde el nivel del piso hasta el borde inferior del artefacto. Con esto aseguramos una correcta distribución del aire.

Con respecto a los aparatos denominados split o separados, diremos que poseen un muy bajo nivel de ruido y son de fácil instalación, pero de mayor consumo.

Otra consideración importante es la limpieza periódica del filtro de polvo ubicado en el frente del equipo. Un filtro sucio impide que el termostato actúe correctamente, por lo que se consume más energía.

Artefactos de iluminación

El avance más significativo para el ahorro de energía lo constituyen las lámparas de bajo consumo.

En la Tabla 2 mostramos el consumo comparado de láparas comunes y de bajo consumo, donde se hace evidente el ahorro de energía que permiten estas últimas.

………………………….

Tabla 2

Comparación entre el consumo energético de lámparas comunes y lámparas de bajo consumo.

Común (incandescente) De bajo consumo

40 watts 9 watts

60 watts 11 watts

75 watts 15 watts

100 watts 20 watts

150 watts 30 watts

………………………….

Acotaremos que, si bien las lámparas de bajo consumo son más caras que las comunes, presentan, como indica la tabla, un menor costo en energía y una mayor vida útil, dependiendo esto último de la cantidad de veces que se encienden.

Tampoco resisten comparación con los tubos fluorescentes, ya que a igualdad de intensidad luminosa, estos últimos gastan más energía eléctrica, como se ve en la Tabla 3.

………………………….

Tabla 3

Comparación entre el consumo energético de lámparas de bajo consumo y tubos fluorescentes.

De bajo consumo

equivalencia consumo

9 W = 40 W 9 watts

Fluorescente

equivalencia consumo

40 W = 40 W 98 watts

………………………….

La misma relación se da con las lámparas spot, las cuales, si bien poseen una gran concentración luminosa, gastan más energía y evidencian una gran disipación de calor.

Enceradoras y aspiradoras

Un truco para disminuir el consumo de las enceradoras es lustrar el piso una vez que la cera, ya sea líquida o sólida, esté seca. Con esta simple precaución ofrecemos menos resistencia al giro de los cepillos, y por consiguiente el motor necesita menos energía eléctrica para su funcionamiento.

Con respecto a las aspiradoras, lo fundamental es el cambio periódico de la bolsa recolectora de polvo, pues cuanto más llena está, más esfuerzo realiza el motor.

Más consejos útiles

Presentamos a continuación algunas consideraciones que, si las tenemos en cuenta, influirán en nuestro ahorro de energía eléctrica. Uno de los elementos de uso obligado en nuestras casas debería ser el interruptor diferencial. El mismo se publicita en el rol de evitarnos descargas eléctricas cuando tenemos un aparato con pésima aislación: ante una eventual falla, el aparato corta la corriente.

Esto es correcto, pero el diferencial también cumple una segunda función, que es la de prevenir una falla de aislación en las líneas eléctricas que recorren nuestra casa. Esa falla, en muchas ocasiones, es muy pequeña para accionar los fusibles o el interruptor termomagnético, pero el medidor de energía de la compañía de electricidad la suma como si fuera una carga útil y la cobra.

En lo que respecta a la iluminación, diremos que existen dos tipos de lámparas de uso domiciliario en cuanto al componente cromático (tipo de luz): la luz fría o luz día, y la luz cálida o blanca. La desición de usar una u otra depende de los colores dominantes en el ambiente a iluminar: con colores fríos (azul, verde, blanco, violeta) es conveniente colocar lámparas cálidas; con colores cálidos (amarillo, naranja y similares) se aconseja instalar lámparas luz día.

Esta ultima relación, junto con la cantidad y potencia de las lámparas a colocar en un ambiente, incidirá no sólo en sentirnos más cómodos visualmente, sino que evitará un mayor gasto de energía.

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Proyecto de Ley Nacional de Reciclado de Electrónica Posconsumo

Establécense los presupuestos mínimos para la gestión sustentable de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), que sean generados en todo el territorio nacional, y cuyo origen sea nacional o importado. Ámbito de Aplicación. Definiciones. Diseño de AEE y Ciclo de Vida. Recogida Selectiva. Tratamiento. Valorización. Financiación. Información a Usuarios. Informes de Gestión. Adaptación al progreso científico y tecnológico. Anexos: Categorías de RAEE y Tratamientos Selectivos de Valorización, Reciclaje, Reuso y Disposición Final.

Artículo N °1: De las disposiciones generales

La presente Ley tiene por objetivo, en primer lugar, prevenir la generación de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y, además, promover la reutilización, el reciclado y otras formas de valorización de dichos residuos, a fin de reducir su eliminación o disposición final en rellenos sanitarios o de seguridad.

Asimismo, se pretende mejorar el comportamiento ambiental de todos los agentes que intervienen en el ciclo de vida de los aparatos eléctricos y electrónicos, por ejemplo, los productores, distribuidores y consumidores, y, en particular, de aquellos agentes directamente implicados en el tratamiento de los residuos derivados de estos aparatos.

Artículo N° 2: Ámbito de aplicación

1. La presente Ley se aplicará a los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) pertenecientes a las categorías que se recogen en el anexo I A, pudiendo corresponderse al ámbito de aplicación de las leyes de Residuos Peligrosos N° 24.051; la N° 25.612 De Residuos Industriales o Actividades de Servicio o la N° 25.916 de Residuos Domiciliarios. El anexo I B contiene una lista de productos que corresponden a las categorías establecidas en el anexo I A.

2. Quedan excluidos de la presente Ley los aparatos que tengan relación con la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado, los RAEE provenientes de aparatos militares, las armas, las municiones y el material de guerra; así como residuos de aparatos nucleares, de investigación científica compleja o en contacto con patogénicos.

Artículo N° 3: Definiciones

A efectos de la presente Ley, se entenderá por:

a) Aparatos eléctricos y electrónicos o AEE a todos los aparatos que para funcionar debidamente necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos, y los aparatos necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos pertenecientes a las categorías indicadas en el anexo I A y que están destinados a utilizarse con una tensión nominal no superior a 1 000 voltios en corriente alterna y 1 500 voltios en corriente continua;

b) Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos o RAEE: todos los aparatos eléctricos y electrónicos que pasan a ser residuos de acuerdo con la definición que consta en artículo 2 de la Ley N° 25.612; este término comprende todos aquellos componentes, subconjuntos y consumibles que forman parte del producto en el momento en que se desecha;

c) Prevención: todas las medidas destinadas a reducir la cantidad y nocividad para el medio ambiente de los RAEE, y sus materiales y sustancias;

d) Reutilización: toda operación que permite destinar los RAEE o algunos de sus componentes al mismo uso para el que fueron concebidos. Este término comprende el uso continuado de los aparatos o de algunos de sus componentes devueltos a los puntos de recogida o a los distribuidores, empresas de reciclado o fabricantes;

e) Reciclado: el reprocesado de los materiales de los residuos, dentro de un proceso de producción, para su finalidad inicial o para otros fines, con la excepción de la valorización energética, que es el uso de residuos combustibles para generar energía a través de su incineración directa con o sin otros residuos, pero con recuperación de calor;

f) Valorización: cualquiera de las operaciones previstas en el anexo III, punto B de la Ley de Residuos Peligrosos N° 24.051;

g) Eliminación: cualquiera de las operaciones previstas en el anexo III, punto A de la Ley de Residuos Peligrosos N° 24.051;

h) Tratamiento: cualquier actividad posterior a la entrega de los RAEE a una instalación para su descontaminación, desmontaje, trituración, valorización o preparación para su eliminación y cualquier otra operación que se realice con fines de valorización y/o eliminación de los RAEE;

i) Productor de AEE: Cualquier persona, sociedad o empresa que, con independencia de la técnica de venta utilizada:

i) Fabrique y venda aparatos eléctricos y electrónicos con marcas propias,

ii) Revenda con marcas propias aparatos fabricados por terceros, sin que pueda considerarse «productor» al vendedor si la marca del productor figura en el aparato, conforme al inciso i), o

iii) Se dedique profesionalmente a la importación o a la exportación de dichos aparatos eléctricos y electrónicos hacia la Argentina, cualquiera sea el país de origen.

No serán considerados «productores» quienes se limiten a prestar financiación mediante cualquier acuerdo de financiación, salvo que también actúe como productor en el sentido definido en los incisos i), ii) e iii);

j) Distribuidor: cualquier persona que suministre un aparato eléctrico o electrónico, en condiciones comerciales, a quien vaya a utilizarlo;

k) RAEE Domiciliarios: RAEE procedentes de hogares particulares;

l) RAEE Industriales o Comerciales: procedentes y de fuentes comerciales, industriales, institucionales y de otro tipo que, por su naturaleza y cantidad, son similares a los procedentes de hogares particulares;

m) Sustancia o preparado peligroso: cualquier sustancia o preparado que se considere peligroso de acuerdo con las disposiciones de la Ley N° 24.051;

n) Acuerdo de financiación: cualquier acuerdo o disposición de préstamo, arrendamiento financiero, alquiler o venta diferida relacionado con cualquier aparato, ya figure o no en los términos de dicho acuerdo o disposición o de cualquier acuerdo o disposición accesoria que prevea la transferencia o la posibilidad de transferencia de propiedad de dicho aparato.

Artículo N° 4: Diseño del producto y Ciclo de Vida

La Autoridad Ambiental Nacional creará un Registro Nacional Voluntario de RAEE donde las empresas productoras o importadoras de AEE informarán sobre:

a) Estudios de Ciclo de Vida de los AEE comercializados en el país,

b) Características contaminantes de sus componentes o piezas luego de su descarte por el usuario final;

c) Procedimientos para su desarmado y valorización,

d) Factibilidad de la reutilización y el reciclado de RAEE, sus componentes y materiales.

Artículo N° 5: Recogida selectiva

Las Autoridades Nacional, Provinciales o Municipales tomarán las medidas adecuadas para reducir al mínimo la eliminación de RAEE como residuos urbanos no seleccionados y lograr un alto grado de recogida selectiva de RAEE. Para los RAEE, los Municipios deberán:

a) que se organicen unos sistemas que permitan a los poseedores finales y a los distribuidores devolver, al menos gratuitamente, estos residuos. Los Autoridad de Aplicación velarán además por la disponibilidad y accesibilidad de las instalaciones de recogida que sean necesarias teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la densidad de población;

b) que los distribuidores, cuando suministren un producto nuevo, sean responsables de garantizar que tales residuos puedan serles devueltos, al menos de forma gratuita y uno

por uno, siempre que los aparatos sean de tipo equivalente y hayan realizado las mismas funciones que el aparato suministrado.

c) Los Municipios velarán por que todos los RAEE descartados se transporten a instalaciones de tratamiento autorizadas, a no ser que dichos AEE se reutilicen en su integridad.

Artículo N° 6: Tratamiento

1. Las Autoridades de Aplicación (Nacional, Provinciales o Municipales) velará por que los productores, o terceros que actúen por cuenta de ellos, organicen, de conformidad con la legislación nacional o provincial, sistemas para el tratamiento de los RAEE utilizando para ello las mejores técnicas de tratamiento, valorización y reciclado disponibles. Los productores podrán organizar los sistemas de forma colectiva y/o individual.

Podrán incluirse en el anexo II, con arreglo al procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 14,otras tecnologías de tratamiento que garanticen un nivel como mínimo equivalente de protección de la salud humana y del medio ambiente.

2. Las Autoridades de Aplicación (Nacional, Provinciales o Municipales) velarán por que todo establecimiento o empresa que realice operaciones de tratamiento obtenga un permiso de las autoridades competentes, en cumplimiento de la Ley N° 24.051 de Residuos Peligrosos. Las empresas tratadoras de RAEE serán inspeccionadas por la AdeA para verificar:

a) los tipos y cantidades de residuos que vayan a tratarse;

b) los requisitos técnicos generales que deban cumplirse;

c) las precauciones de seguridad que deban tomarse.

La inspección se realizará al menos una vez al año y las Autoridades de Aplicación remitirán sus resultados a la Comisión.

3. Las Autoridades de Aplicación velará por que todo establecimiento o empresa que realice operaciones de tratamiento cumpla los requisitos técnicos que se estipulan en el anexo III con respecto al almacenamiento y tratamiento de los RAEE.

4. Las Autoridades de Aplicación velará por que el permiso o el registro a que se refiere el apartado 2 incluya todas las condiciones necesarias para el cumplimiento de los requisitos estipulados en los apartados 1 y 3 y para la consecución de los objetivos de aprovechamiento de residuos establecidos en el artículo 7.

5. Las operaciones de tratamiento también podrán realizarse fuera de la Argentina, a condición de que el transporte de los RAEE cumpla las disposiciones de la Ley de Residuos Peligrosos y la Convención de Basilea.

6. Las Autoridades de Aplicación fomentarán que los establecimientos o empresas que lleven a cabo operaciones de tratamiento establezcan sistemas certificados de gestión del medio ambiente y Estudios de Impacto Ambiental.

Artículo 7: Valorización

1. Las Autoridades de Aplicación velará por que los productores, o terceros que actúen por su cuenta, organicen, de modo individual o colectivo y de conformidad con la legislación comunitaria, sistemas para la valorización de los RAEE recogidos de forma selectiva. Se dará prioridad a la reutilización de aparatos enteros.

2. Respecto a los RAEE enviados a tratamiento con arreglo al artículo 6, la Autoridad de Aplicación, en consenso con los productores / importadores de AEE miembros velarán por que se cumplan los siguientes objetivos:

a) con respecto a todos los RAEE pertenecientes a las categorías 1 y 10 del anexo I A,

— el porcentaje de valorización deberá aumentar, como mínimo, hasta el 30 % del peso medio por aparato, y

— el porcentaje de reutilización y reciclado de componentes, materiales y sustancias deberá aumentar, como mínimo, hasta el 20 % del peso medio por aparato;

b) con respecto a todos los RAEE pertenecientes a las categorías 3 y 4 del anexo I A,

el porcentaje de valorización deberá aumentar, como mínimo, hasta el 30 % del peso medio por aparato, y

el porcentaje de reutilización y reciclado de componentes, materiales y sustancias deberá aumentar, como mínimo, hasta el 20 % del peso medio por aparato;

c) con respecto a los RAEE pertenecientes a las categorías 2, 5, 6, 7 y 9 del anexo I A,

—el porcentaje de valorización deberá aumentar, como mínimo, hasta el 30 % del peso medio por aparato, y

—el porcentaje de reutilización y reciclado de componentes, materiales y sustancias deberá aumentar, como mínimo, hasta el 20 %del peso medio por aparato;

d) con respecto a las lámparas de descarga de gas, el porcentaje de reutilización y reciclado de componentes, materiales y sustancias deberá alcanzar, como mínimo, el 30 % del peso de las lámparas.

3. Las Autoridades de Aplicación velará por que, para calcular dichos objetivos, los productores, o terceros que actúen por cuenta de éstos, mantengan registros sobre la cantidad de RAEE, componentes, materiales o sustancias que entran en (entrada) y salen de (salida) las instalaciones de tratamiento, y/o cuando entran en (entrada) las instalaciones de valorización o reciclado.

Para ello, se deberán tener en cuenta los beneficios medioambientales de los aparatos eléctricos y electrónicos en uso, por ejemplo una mayor eficacia de los recursos debida al desarrollo de los materiales y de la tecnología. Se tomará asimismo en consideración el progreso técnico tanto en el ámbito de la reutilización, la valorización y el reciclado como en el de los productos y materiales.

Artículo N° 8: Financiación relativa a los RAEE procedentes de hogares particulares

Las Autoridades de Aplicación se asegurará de que cada productor, cuando ponga en el mercado un producto, garantice que se financiará la gestión de todos los RAEE, y de que los productores marquen claramente sus productos.

Con esta garantía se asegurará que las operaciones mencionadas en el apartado 1 relativas a dicho producto serán financiadas. La garantía podrá consistir en la participación del productor en sistemas adecuados de financiación de la gestión de los RAEE, un seguro de reciclado o una cuenta bancaria bloqueada. Los costes de recogida, tratamiento y eliminación respetuosa con el medio ambiente no se indicarán a los consumidores de manera separada en el momento de la venta de los productos nuevos.

La responsabilidad por la financiación de los costes de la gestión de los RAEE procedentes de productos puestos en el mercado con anterioridad a la fecha de aprobación de ésta Ley («residuos históricos») deberá establecerse mediante uno o varios sistemas al que todos los productores existentes en el mercado cuando se produzcan los costes respectivos contribuirán de manera proporcional, por ejemplo, de acuerdo con la cuota de mercado que corresponda a cada uno de ellos por el tipo de aparatos.

Las Autoridades de Aplicación garantizará que, durante un período transitorio de 8 años (10 años para la categoría 1 del anexo I A) a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, los productores tengan la posibilidad de informar a los usuarios en el momento de la venta de los productos nuevos de los costes de recogida, tratamiento y eliminación respetuosa con el medio ambiente. Estos costes no deberán superar los costes en que verdaderamente se haya incurrido.

Las Autoridades de Aplicación velarán por que los productores que suministren aparatos eléctricos o electrónicos mediante comunicación a distancia también cumplan los requisitos establecidos en este artículo respecto a los aparatos suministrados en el Estado miembro en que reside el comprador del aparato.

Artículo N° 9: Información para los usuarios

1. Las Autoridades de Aplicación velarán por que los usuarios de aparatos eléctricos y electrónicos de hogares particulares reciban la información necesaria con respecto a lo siguiente:

a) Obligación de no eliminar los RAEE como residuos urbanos no seleccionados y de recoger dichos RAEE de modo selectivo;

b) Sistemas de devolución y recogida de que disponen;

c) Cómo pueden contribuir a la reutilización, reciclado y otras formas de valorización de RAEE;

d) Los efectos potenciales sobre el medio ambientes y la salud humana como consecuencia de la presencia de sustancias peligrosas en los aparatos eléctricos y electrónicos,

e) El significado del símbolo que se muestra en el anexo IV.

2. Las Autoridades de Aplicación adoptarán medidas apropiadas para que los consumidores participen en la recogida de los RAEE y se les aliente a facilitar el proceso de su reutilización, tratamiento y valorización.

3. Con objeto de reducir lo más posible la eliminación de RAEE como residuos urbanos no seleccionados y de facilitar su recogida de modo selectivo, las Autoridades de Aplicación garantizarán que los productores marquen debidamente, los aparatos eléctricos y electrónicos. En casos excepcionales, si es necesario por las dimensiones o por la función del producto, se estampará el símbolo en el envase, en las instrucciones de uso y en la garantía del aparato eléctrico y electrónico.

4. Las Autoridades de Aplicación podrán imponer que parte o la totalidad de la información mencionada en los apartados 1, 2 y 3 sea facilitada por los productores o distribuidores, por ejemplo en las instrucciones de uso o en el punto de venta.

Artículo 10: Información para las instalaciones de tratamiento

Con el fin de facilitar la reutilización y el tratamiento adecuado y respetuoso con el medio ambiente de los RAEE, incluido su recolección, actualización, reacondicionamiento y reciclado, las Autoridades de Aplicación adoptarán las medidas necesarias para garantizar que los productores faciliten información sobre reutilización y tratamiento para cada tipo de AEE nuevo puesto en el mercado en un plazo de un año a contar desde dicha puesta en el mercado del aparato.

Esta información deberá identificar, en la medida en que lo requieran los centros de reutilización y las instalaciones de tratamiento y reciclado para cumplir con lo dispuesto en la presente Ley, los diferentes componentes y materiales de los AEE, así como la localización de las sustancias y preparados peligrosos en dichos aparatos. Esta información la facilitarán los productores de AEE a los centros de reutilización y a las instalaciones de tratamiento y reciclado en forma de manuales o por vía electrónica (por ejemplo, mediante CD-ROM o servicios en línea).

Artículo N° 11: Información e informes

Las Autoridades de Aplicación elaborarán un registro de productores y recabarán anualmente información, que incluya previsiones fundamentadas, sobre cantidades y categorías de aparatos eléctricos y electrónicos puestos en su mercado, recogidos por las diversas vías y reutilizados, reciclados y valorizados en los Autoridad de Aplicación, así como sobre los residuos recogidos exportados, en peso y, si no fuera posible, en número de aparatos.

Las Autoridades de Aplicación velará por que los productores que suministren aparatos eléctricos y electrónicos mediante comunicación a distancia faciliten información sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 4 del artículo 8 y sobre las cantidades y categorías de aparatos eléctricos y electrónicos puestos en el mercado del Estado miembro en que reside el comprador del aparato.

Las Autoridades de Aplicación velarán por que se realice un intercambio de información adecuado para el cumplimiento del presente apartado, en particular respecto a las operaciones de tratamiento a que se refiere el apartado 5 del artículo 6.

Artículo 12: Adaptación al progreso científico y técnico

Toda modificación necesaria para adaptar el apartado 3 del artículo 7 y el anexo I B (en particular, con vistas a incluir eventualmente luminarias en los hogares, bombitas de filamento y productos fotovoltaicos, por ejemplo, paneles solares), el anexo II (teniendo particularmente en cuenta los nuevos avances técnicos para el tratamiento de los RAEE) y los anexos III y IV al progreso científico y técnico se adoptará de acuerdo con el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 14.

Antes de proceder a la modificación de los anexos, la Comisión consultará, entre otros, a los productores de aparatos eléctricos y electrónicos, a los responsables del reciclado y a los agentes encargados del tratamiento, así como a organizaciones de protección del medio ambiente, sindicatos y asociaciones de consumidores.

ANEXO I A

Categorías de aparatos eléctricos y electrónicos incluidos en el ámbito de aplicación de la presente Ley:

1. Grandes electrodomésticos

2. Pequeños electrodomésticos

3. Equipos de informática y telecomunicaciones

4. Aparatos electrónicos de consumo

5. Aparatos de alumbrado

6. Herramientas eléctricas y electrónicas (con excepción de las herramientas industriales fijas de gran envergadura)

7. Juguetes o equipos deportivos y de tiempo libre

8. Aparatos médicos (con excepción de todos los productos implantados e infectados)

9. Instrumentos de vigilancia y control

10. Máquinas expendedoras

ANEXO I B

Lista de productos que se tendrán en cuenta a efectos de la presente Ley y que están comprendidos en las categorías del anexo I A

1. Grandes electrodomésticos:

  • Grandes equipos refrigeradores
  • Frigoríficos
  • Congeladores
  • Otros grandes aparatos utilizados para la refrigeración, conservación y almacenamiento de alimentos
  • Lavadoras
  • Secadoras
  • Lavavajillas
  • Cocinas
  • Estufas eléctricas
  • Placas de calor eléctricas
  • Hornos de microondas
  • Otros grandes aparatos utilizados para cocinar y en otros procesos de transformación de los alimentos
  • Aparatos de calefacción eléctricos
  • Radiadores eléctricos
  • Otros grandes aparatos utilizados para calentar habitaciones, camas, muebles para sentarse
  • Ventiladores eléctricos
  • Aparatos de aire acondicionado
  • Otros aparatos de aireación, ventilación aspirante y aire acondicionado

1. Pequeños electrodomésticos

o Aspiradoras

o Otros aparatos de limpieza

o Aparatos utilizados para coser, hacer punto, tejer y para otros procesos de tratamiento de textiles

o Planchas y otros aparatos utilizados para planchar y para dar otro tipo de cuidados a la ropa

o Tostadoras

o Freidoras

o Molinillos, cafeteras y aparatos para abrir o precintar envases o paquetes

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La basura electrónica sigue en aumento impulsada por el boom del consumo

Ya hay en desuso, en Argentina, cerca de un millón de CPUs, un millón de impresoras de facturas/cajas registradoras, 2 millones de teclados, 500.000 monitores y 700.000 impresoras

De la mano del boom de consumo, los argentinos comenzaron a convertirse en grandes generadores de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos. La Cámara Argentina de Máquinas de Oficina, Comerciales y Afines (CAMOCA) estima que éste año quedarán en desuso cerca de 35.000 toneladas de RAEE sólo considerando computadoras, impresoras, monitores, fotocopiadoras y afines.

Si a ello se le suman la línea blanca (heladeras, microondas), línea gris (audio y video) y la línea marrón (TV, ampliamente recambiados por LCD y plasmas), se puede estimar que los argentinos estarán tirando 2 kg de RAEE por habitante en el 2006, o unas 80.000 toneladas…. y eso ya se ve en las equipos depositados en las noches en la veredas, en los carritos de cartoneros/chatarreros, en las plantas de separación de residuos y en los Operadores de Residuos Electrónicos.

Aunque para las Autoridades el problema no esté, hay cientos de familias que ya generar valor a partir de la chatarra electrónica. El reciclaje de los viejos aparatos electrónicos ahorra recursos y protege el medio ambiente porque no es necesario extraer metales nuevos. Pero, algunos productos electrónicos contienen altos niveles de sustancias altamente tóxicas, como plomo, cromo o cadmio, que los convierte en residuos peligrosos cuando el Aparato Electrónico que las contiene se rompe (un monitor, un teléfono celular triturados en un basural pueden liberar una alta contaminación ambiental.

Hoy, tanto en el CEAMSE como en diversos rellenos sanitarios y/o basurales dispersos por el país, se están encontrando altos niveles de cadmio, plomo, cromo, bromo o PCB, que en gran parte de los casos proviene de los RAEE, que al ser pisoteados por la maquinaria de los rellenos o quemados en los basurales, liberan en el relleno un alta dosis de toxicidad, muy por encima de estándares nacionales e internacionales de lixiviación permitida. Si dicho lixiviado debería ser tratado, el costo se hace muy alto, y lo que habitualmente sucede es que esos contaminantes llegan al ambiente afectando gravemente la salud de la población y los ecosistemas.

Qué RAEE se están desechando en Unidades y Kilogramos:

Aparato En uso En desuso Kgs Kgs desechados

Fotocopiadoras/Multif. 360.000 23.000 75,0 1.725.000

Impresoras/Matriz 390.000 50.000 22,0 1.000.000

Impresoras Chorro 380.000 60.000 8,0 460.000

Otras impresoras 2.800.000 600.000 5,0 3.000.000

Faxes 850.000 150.000 4,5 675.000

Notebooks 235.000 30.000 3,0 90.000

PCs 7.000.000 800.000 12,0 9.600.000

Monitores 7.200.000 400.000 12,0 4.800.000

Fuente: CAMOCA – E-SCRAP

Valorización de los residuos de aparatos y dispositivos del sector de informática y telecomunicaciones (RAD-IT) en Argentina

De un residuo peligroso a un mercado Latinoamericano del e-reciclado:

La contracara del boom del consumo tecnológico que hoy vivimos es el la creciente de la generación de residuos electrónicos. Una pequeña parte de los mismos contienen sustancias altamente peligrosas para la salud y el ambiente; en tanto, más del 95 % se pueven valorizar, transformar en nuevos insumos y volver a mercado. Antoine Lavoisier, con su idea de “nada se pierde, nada se crea, todo se transforma”; y Charles Darwin, con su visión científica de “la evolución adaptada al medio” han aportado dos de los principales conceptos para conformar un modelo sustentable para la gestión, valorización, reciclado y disposición final del creciente volumen de rezagos de la era digital.

Nos hallamos en una era de ruptura y cambio signada por, entre otros factores, dos nuevas fuerzas que están impactando sobre todos los paradigmas políticos, sociales y económicos: la Ecología y las Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones (IT). Estas últimas, y los aparatos o dispositivos sobre las cuales se sustentan, tienen un ciclo de vida, y, al igual que un organismo vivo, interactúan, evolucionan y generan impactos, tanto positivos como negativos, en el entorno físico, económico y social.

La Argentina, al igual que el resto de América latina, enfrentan un desafío fascinante de inclusión en era digital a la vez que se prepara y enfrenta los potenciales impactos ambientales de las nuevas tecnologías. Los países latinoamericanos podemos desarrollar ventajas competitivas y maximizar el aprovechamiento de este nuevo Ecosistema Humano-Digital a la vez minimizamos los impactos tanto en la manufactura como en la disposición final de los nuevos dispositivos tecnológicos. Las herramientas IT pueden ayudarnos, y mucho, a realizar un salto comparativo que nos permita superar nuestros subdesarrollos mentales, económicos, políticos, sociales y la degradación ambiental que nos amenaza.

La era Digital ya llegó, para algunos hace rato, y para los bolsones de pobreza latinoamericana está por llegar a través de la telefonía celuluar y otros nuevos dispositivos. En la Argentina, el mercado de las telecomunicaciones e informática (IT) factura en torno del 4,5 % del PBI, lo que representa cerca de 9.000 millones de dólares al año (datos Prince & Cooke, 2006). Tanto el parque de computadoras como el de impresoras, cuentan con un acumulado histórico de unas 8 millones de unidades vendidas y la telefonía celular ya sobrepasó los 30 millones de líneas esto es ya se vendieron 3 líneas de telefonía celular por cada 4 argentinos), a los que se le suman millones de unidades de periféricos como teclados, cargadores, fuentes, baterías, etc. (Datos Cámara Argentina de Máquinas de Oficina, CAMOCA, 2006).

Dado que el ciclo de vida de los productos e insumos de IT es cada vez más corto y modular, el crecimiento de la generación de rezagos o chatarra electrónica experimenta ventas a tasas exponenciales Como no todos los rezagos informáticos o de las Telecomunicaciones (RAD-IT) se descartan, de momento, el impacto ambiental de éstos desechos de la Era Digital, aún no es significativo. Pero veamos sus tiempos de obsolescencia:

Tabla N° 1:

El proceso de evolución y especiación (concepto darwiniano, que explica cómo la selección natural actúa sobre la variabilidad genética e induce a adaptaciones que motorizan la evolución y nuevas especies) afecta en mayor o menor grado a los Aparatos y Dispositivos. A primera vista, un teléfono o una CPU parecen cambiar poco con el correr de los años. Pero su velocidad, capacidad, conectividad y funcionalidad experimentan saltos evolutivos espectaculares. Entre 1992 y el 2006, la vida útil promedio de una CPU se redujo en más de dos años, como lo demuestra el siguiente gráfico obtenido de la Electronic Product Recovery and Recycling Baseline Report.

Tabla N° 2

Todo éste aceleramiento entre las ventas del mercado IT y la reducción en su ciclo de vida útil son dos fuerzas sinérgicas que impulsan la generación de Residuos de Aparatos y Dispositivos (RAD-IT). La capacidad de re-uso, acopio temporal, donaciones o usos de piezas con fines educativos está llegando al límite de su capacidad, y las grandes marcas ya han comenzado a pasar a RAD-IT crecientes volúmenes de unidades, sean triturándolas y enterrándolas o bien enviándolas a desmontaje, valorización y reciclado.

De acuerdo con la experiencia más reciente de gestión de la RAD-IT, en mercados ambientalmente subsidiados como la UE (cumpliendo normas como la Directiva RAEE de Europa y la Convención de Basilea), se pueden alcanzar objetivos de más del 95 % valorización de los residuos, a través de las siguientes alternativas:

- reuso o remanufactura económica (compra venta de piezas o partes) y/o social (remanufactura de unidades por ONGs u organizaciones públicas); donde se prolonga la vida útil de un aparato o dispositivo IT con su reventa o donación.

- reciclado o recupero de materias primas a través de la de-manufactura o desmontaje y valorización de componentes por insumos de interés (tipos de plásticos/vidrios/metales, circuitos impresos, circuitos integrados, cables, etc.); donde se vuelven a obtener commodities transables como plásticos (ABS, alto impacto, etc.), vidrios activados (vidrio al óxido de plomo o al óxido de bario), chatarra metálica (acero, latón, cobre, estaño, níquel etc.) y metales preciosos (oro, plata, platino, iridio, etc.)

- valorización energética, u obtención de electricidad o vapor a partir de la pirolisis con tratamiento de gases, de los plásticos. Estos conforman entre el 30 y el 60 % de los RAD-IT tiene un alto poder calorífico, siendo muy buenos combustibles; pero para autorizar su combustión se deben abatir los gases tóxicos que pueden emitir, de lo contrario, la tecnología no es sustentable

Sin embargo, debe considerarse el 5 % restante del conjunto de RAD-IT que deben ser gestionados como residuos peligrosos, lo cual genera un costo para el generador o poseedor, sean baterías, tonners, transformadores, acumuladores, dispositivos LED, panel de fósforo de los monitores, etc. Si estos componentes peligrosos ensucian o manchan a los RAD-IT, por una mala separación o mezcla, pueden hacer que todos los rezagos pasen a estar regulados como peligrosos. Por este motivo es fundamental una recolección selectiva y una de- manufactura especializada.

La Dualidad del RAD-IT: entre residuo peligroso y valioso insumo industrial

Los Aparatos o Dispositivos IT (AD-IT) tienen un ciclo de vida cada vez más corto, y además la tendencia es a usar materiales más alternativos o de menor costo (creo que es la 4 vez que se dice, dependiendo de cómo se arme lo anterior puede quedar o no). Tal como una ley natural, en promedio, a los 5 años para una PC, o a los 2 años, para un celular, estos aparatos y sus dispositivos, o partes primordiales de los mismos, cumplen su ciclo y son desechados. Por mejor adaptación que hubieran tenido en su momento (procesadores 486 o Pentium o memorias de 10 o 20 Gigas), enfrentan una atroz y voraz competencia. Luego de 5 o 6 años, estos aparatos pueden seguir siendo funcionales y cumplidores, como un reloj suizo, pero el ambiente ha cambiado… de la prehistoria analógica a la era digital, de la telefonía de Primera a la Tercera o Cuarta Generación. A rey muerto, rey puesto… en lugar de décadas, esto sucede en meses.

El conjunto o algunas de las piezas, como cables, carcasas, teclados o conexiones, pueden seguir subsistiendo en el nuevo ambiente, pero los factores que los habían hecho competitivos y “más aptos”, ya no alcanzan, y es entonces, en lugar de su valor funcional se comercian por kilos o toneladas de chatarra. Y éste scrap vale por los gramos por tonelada de metales preciosos o los kilos de cobre, níquel y estaño. También sucede que los aparatos o dispositivos logran prolongar sus existencia, gracias a usos secundarios (de la computadora del CEO, al jefe de marketing, a la planta de operaciones y de allí al depósito como repuesto) o gracias a los “up-grades” que les permiten seguir en carrera mediante su remanufactura o reacondicionamiento.

Pero cuando la chatarra IT no se transforma (por reuso o reciclado), van a morir a los basurales o rellenos sanitarios, en el mejor de los casos. La gestión de los RAD-IT en la UE involucró, en el 2006, un gasto de más de 800 millones de euros. Una parte de ese gasto, retornó al mercado como recursos minerales (cobre, estaño, níquel, oro, paladio, iridio, etc.) para la producción de nuevos aparatos o dispositivos electrónicos u otros cientos de usos, como así también, mediante la reducción del gasto municipal de la gestión que los RAD-IT podrían provocar al contaminar rellenos sanitarios y, muy especialmente, el gasto en salud o morbilidad, por la contaminación difusa sobre fuentes de agua (subterráneas o superficiales), alimentos o el aire.

Un RAD-IT mal gestionado, tarde o temprano impacta en al ambiente, la fauna, flora, y se bio-acumula en los seres humanos. Todos los habitantes de la Era Digital con acceso a la compra y consumo de Aparatos Eléctricos y Electrónicos ya han acumulados varios dispositivos en desuso que pueden contaminar cientos de miles de litros de agua, suelos o la atmósfera. Por eso, el consumo responsable de los AD-IT nos incumbe a todos, y los grandes beneficios de las nuevas tecnologías no pueden conducirnos a un colapso ecológico, sino todo lo contrario, las IT deberían mejorar nuestra relación con lo demás seres humanos y el medio ambiente.

En la Argentina, la Ley Nacional N° 24.051 de Residuos Peligrosos, incorporó los lineamientos de la Convención de Basilea, y expresa, en el Artículo Nº 2; – “Será considerado peligroso, a los efectos de esta ley, todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general“. La Convención de Basilea involucra los siguientes tipos de residuos:

v Los llamados “desechos peligrosos”

v Los llamados “otros desechos” que son residuos domiciliarios o las cenizas de los mismos luego de su incineración.

Tabla N° 3:

¿Cuando estamos frente a “desechos peligrosos” en el marco del Convenio de Basilea?

Por ende, para la normativa internacional de Desechos Peligrosos, lo relevante es el estado y las concentraciones o niveles de corrientes de contaminación presentes en la chatarra IT; y por impacto de ellos en la salud o el ambiente. En la bibliografía están bien descriptos los impactos de los metales pesados, los PCB, los compuestos bromados o fosforados, por ello acá nos limitaremos a citar dónde se encuentran y no a describir sus impactos sanitarios o ambientales.

Los Circuitos Impresos y Circuitos Integrados: que fueron asignados en el Anexo VIII de la Convención de Basilea, entrada A 1180, como “Montajes eléctricos y electrónicos de desecho o restos de éstos[2] que contengan componentes como acumuladores y otras baterías incluidos en la lista A, interruptores de mercurio, vidrios de tubos de rayos catódicos y otros vidrios activados y capacitadores de PCB, o contaminados con constituyentes del anexo I (por ejemplo, cadmio, mercurio, plomo, bifenilo policlorado) en tal grado que posean alguna de las características del anexo III (véase la entrada correspondiente en la lista B B1110)[3]

- La misma Convención excluye de su regulación a la entrada B1110 “Montajes eléctricos y electrónicos. Estos es, montajes electrónicos que consistan sólo en metales o aleaciones. Desechos o chatarra de montajes eléctricos o electrónicos[4] (incluidos los circuitos impresos) que no contengan componentes tales como acumuladores y otras baterías incluidas en la lista A, interruptores de mercurio, vidrio procedente de tubos de rayos catódicos u otros vidrios activados ni condensadores de PCB, o no estén contaminados con elementos del anexo I (por ejemplo, cadmio, mercurio, plomo, bifenilo policlorado) o de los que esos componentes se hayan extraído hasta el punto de que no muestren ninguna de las características enumeradas en el anexo III (véase el apartado correspondiente de la lista A A1180). Montajes eléctricos o electrónicos (incluidos los circuitos impresos, componentes electrónicos y cables) destinados a una reutilización directa[5], y no al reciclado o a la eliminación final[6]

Además, los miles de sustancias, aleaciones, vidrios activados o plásticos descartados como residuos del uso o consumo de las TI pueden contener los siguientes tipos de corrientes de sustancias peligrosas (cada grupo definido con una Y):

v Y20 Berilio, compuestos de Berilio, consistentes sólo en metales o aleaciones

v Y21, Compuestos de Cromo Hexavalente,

v Y22 Cobre, compuestos de Cobre,

v Y24, Arsénico, compuestos de Arsénico,

v Y25 Selenio, compuesto de Selenio,

v Y27 Antimonio, compuestos de Antimonio,

v Y29 Mecurio, compuestos de Mercurio,

v Y31 Plomo, compuestos de Plomo.

Por ejemplo, más del 90% de las pilas recargables tienen cadmio (Y 26) y/o plomo (Y31). Las baterías de Níquel-Cadmio, que están asignadas en el Anexo VIII, entrada A 1170 como “residuos de baterías en desuso”. También se usa plomo en soldaduras de las plaquetas, en las lámparas y en tubos de rayos catódicos (CRT: cathode ray tubes), junto al fósforo.

También son peligrosos los cilindros o tambores de selenio (Y25); el mercurio (Y29) está presente en las pilas y censores de posición, con una pequeña contribución por parte de los relés y tubos fluorescentes; así como pantallas de LCD; el cromo hexavalente (Y21) utilizado como inhibidor de corrosión en el sistema de refrigeración de los refrigeradores por absorción; el material óptico que contiene indio, galio, arseniuros y cadmio.

No todo lo que reluce es oro, pero…

En cierta manear, la chatarra IT puede ser vista como una mina o fuente de recursos. Si los expertos en informática o telecomunicaciones han inventaron y desarrollaron productos que tienen cantidades de cobre, estaño, níquel u oro, es sencillamente porque esos elementos confieren o aportan cualidades o especificaciones tecnológicas determinadas. Las tecnologías IT son el resultado de una perfecta combinación de conocimiento y manejo de propiedades matemáticas, físicas, diseño, economía, ergonomía, teoría de sistemas y la química.

A fin de cuenta, un RAD-TI obsoleto o dañado vale, lo que vale su química, o el conjunto de sustancias que lo compone, y por la eficiencia que se logre en el reciclado. Un cartonero o chatarrero puede saber o ver que una plaqueta de un audio o un mother tienen oro y plata; pero no cuentan con la escala y capacidad tecnológica para recuperar esos microgramos por kilo presenten en ese residuos, y volverlos a vender al mercado. La siguiente tabla indica la composición de una PC y un monitor de 14 pulgadas, pesando entre ambos 27 kg.

Tabla N° 4. Fuente: Microelectronics and Computer Technology Corporation (MCC). 1998. Electronics Industry Environmental Roadmap. Austin, TX: (MCC).

Ahora, considerando una eficiencia del 100 % y tomando el valor de mercado de la Bolsa de Metales de Londres (LME), para la fecha de redacción del presente artículo, se pueden destacar cuáles son aquellos metales que justifican el proceso de valorización. Si bien, el oro o el platino, cuentan con apenas unos gramos por tonelada, o partes por millón, su valor de mercado y la eficiencia en el reciclado de los mismos, hacen que la operación de recolección, transporte, clasificación, valorización, exportación a refinerías y reciclado tengan sentido. Tabla N° 5:

Si bien estas cifras son impactantes, para muchas sociedades de América latina resulta más simple enterrar éstos residuos que impulsar complejos procesos de reciclado; mientras que en países como Japón, EEUU o Europa financian económicamente éstos procesos. ¿Entonces dónde está el problema que impide un salto cualitativo y la evolución hacia la continua transformación de Lavoisier? Se podría sintetizar en que:

1) La logística inversa, esto es, la recolección, transporte, acopio y acondicionamiento de los RAD-IT previo a su reciclado resulta sumamente compleja y onerosa, ya que se “mueve” una chatarra que vale menos del 5 % que el aparto nuevo. Además, para algunas piezas o sustancias requiere de costos transportes especiales de sustancias o residuos peligrosos.

2) El manejo de la fracción del 5 % de residuos peligrosos de los RAD-IT es muy costosa (U$ 1.000 la tonelada), además de requerir procedimientos y procesos especiales.

3) La valorización de los monitores/TV es altamente compleja para cumplir con estándares ambientales y de seguridad e higiene laboral.

4) El costo de la exportación, movimiento transfronterizo y cobro por el refinado de metales en el exterior requiere de alta escala y recursos para pre-financiar la exportación.

5) El mercado de la chatarra metálica, vidrio y plásticos requiere de conocimiento y presencia en el sector para lograr precios internos que permitan hacer caja para costos fijos.

Recolección y gestión de los RAD-IT

Los RAD-ITs han merecido en gran parte del Derecho comparado un tratamiento específico a fin de lograr una gestión racional luego de terminada su vida útil. Surge de la lectura de diversa normativa internacional[7] que la política común en materia de gestión de éste tipo de residuos se centra en la disminución de sustancias peligrosas en la etapa de diseño y fabricación y en el fomento de su reutilización, valorización y reciclado durante su vida útil y durante su etapa de descarte. Tal política pretende diferir y disminuir la eliminación y disposición final de éstos residuos.

Las políticas de fomento implementadas en otros ordenamientos en cuanto a la gestión post consumo – dada la generación universal o domiciliaria de éstos residuos - pretenden facilitar los canales de recolección, transporte, acopio, reciclado y disposición final de éstos residuos atendiendo principalmente a cuestiones pragmáticas que tipifican adecuadamente a ésta actividad, estableciendo porcentuales de reciclado y reutilización conforme al peso y distinguiendo categorías de residuos.

Sintéticamente podemos expresar que la legislación argentina adolece aún de un sistema de gestión para residuos provenientes de aparatos eléctricos y electrónicos, en general, y RAD-IT, en particular, pero lo que resulta más preocupante es que no se cuenta a la fecha con un sistema de gestión racional para casi la totalidad de residuos domésticos con características de peligrosidad tales como: Pilas y baterías, luminarias, telefonía celular, neumáticos en desuso, aceites usados, envases de biocidas, etc.

Sería recomendable en una primera etapa, la incorporación de instrumentos económicos dentro de la regulación, que favorezcan e incentiven este tipo de prácticas hasta llegar al estadio óptimo en que el sistema se consolide. La aplicación dogmática de normativa nacional o provincial vigentes, relativas a residuos peligrosos o tóxicos, podría no ajustarse al dinamismo que requiere una gestión para éste tipo de residuos – los cuales no fueron previstos por las mismas - y que podrían encuadrarse en un esquema que permita cumplir con los objetivos últimos de estas leyes sin desnaturalizarlas en absoluto.

La firma Silkers SA y la consultora e-Scrap vienen trabajando con las Autoridades Ambientales Argentinas para dar herramientas sólidas para le implementación de un sistema que contemple la gestión y valorización de la etapa post consumo conforme a nuestra realidad - normativa y de implementación – que, consideramos, podrá constituirse en aporte valioso para las autoridades administrativas encargadas de la tutela ambiental, evitando así que una inadecuada disposición de los mismos genere los riesgos de transferencia al ambiente y a la salud de sustancias peligrosas que se dan hoy en día.

Considerar al Aparato o Dispositivo Informático y de Telecomunicaciones usado como un residuo especial o peligroso impediría su recolección selectiva porque en el país cada ciudadano pasaría a convertirse en un generador de residuos peligrosos (pasando a tener que controlar las Autoridades de Aplicación a decenas de millones de generadores, lo cual sería imposible de concretar).

En tal sentido, resulta imperioso determinar el momento, proceso o estado de los RAD-IT a partir del cual deben ser gestionados como Residuos Peligrosos. Siguiendo la más reciente normativa de la UE, los EE.UU. y del MERCOSUR, los RAD-IT serán residuos peligrosos a partir de su desmontaje y el desensamblaje de sus piezas, separando todos aquellos componentes o piezas que son asimilables a residuos domésticos de las corrientes o constituyentes peligrosos, y enumerados con gran precisión en los Anexo I, VIII y IX de la Convención de Basilea.

Recolección y transporte de los aparatos eléctricos y electrónicos

La llamada responsabilidad post consumo aplicada a determinados residuos (en éste caso RAD-ITs) promueve o exige – según el ordenamiento que se analice – la realización de determinadas conductas a distintos sujetos involucrados en su gestión (fabricante, usuario, Municipio, Organismos Ambientales, sector privado afectado al tratamiento o valorización del residuo) de tal forma de obtener efectivos resultados en la gestión de los mismos. La elección de procesos voluntarios u obligatorios estará condicionada, en gran medida, al criterio que más se adecue a la idiosincrasia, concientización o factibilidad de cumplimiento que cada sociedad considere para sí como más conveniente.

La etapa de la recolección / entrega del aparato eléctrico y electrónico a un Operador se constituye como el primer paso para una adecuada gestión del residuo. En ella intervienen necesariamente el “generador doméstico o domiciliario” (individuos o empresas) y quien resulte receptor ya sea mediante una recolección puerta a puerta y diferenciada o mediante la afectación de sitios receptores para éste tipo de residuos. En muchos casos resultan ser los Municipios quienes asumen la tarea de recolección o afectación de un lugar para la recepción de éstos residuos que deben gestionarse. Las modalidades aplicadas son muy variadas y, en general, requieren de una interacción entre el sector público y privado.

El sistema europeo es más proclive a la recolección puerta a puerta y fomenta figuras asociativas del sector privado para que realicen ésta tarea. En cambio, el sistema estadounidense – que registra, asimismo, diferencias según el estado de que se trate – fomenta la responsabilidad del usuario afectando días y lugares para la entrega de éstos residuos[8] y el financiamiento del costo del reciclado y del tratamiento recibe, según la regulación de cada estado, mayor o menor flujo público.

En nuestro medio local, la disposición de la basura domiciliaria se financia mediante tasas municipales y los residuos universales con características de peligrosidad no tienen normativa específica. Debe mencionarse, que algunas jurisdicciones estipulan un día para la recolección de electrodomésticos fuera de uso, los cuales son recogidos de la vía pública aún sin contar con una gestión diferenciada que permita su reciclado o valorización como previo a su disposición.

La recolección diferenciada para su valorización se impone como impostergable en nuestro medio e, independientemente de la modalidad que se adopte para el financiamiento de la recolección y transporte de los aparatos eléctricos y electrónicos, la disposición de los mismos no debe tener el mismo destino que aquellos residuos sin características de peligrosidad.

Tanto los Estados Unidos como Europa han distinguido claramente que estos residuos no pueden ser gestionados como los domiciliarios sin peligrosidad pero tampoco puede asimilárselos a los residuos peligrosos de origen industrial. La etapa de recolección y entrega de aparatos eléctricos y electrónicos fuera de uso se realiza en Estados Unidos sin ningún recaudo más que la diligencia del usuario individual que transporta a su coste - mediante automóvil particular o contratado - el aparato a centros de acopio en donde se seleccionan y caracterizan para su posterior desguace, reciclado o disposición. Por tanto el transporte en ésta etapa no requiere de recaudo alguno para el usuario. Más aún, la legislación norteamericana sólo exige inscripción a los generadores de más de 100 kilogramos de residuos peligrosos por mes, quedando aquellos que generan menos, exceptuados de regulación. Distingue así, entre pequeños y grandes generadores y aquellos que se encuentran exceptuados.

La Environmental Protection Agency (en adelante EPA) permite que, bajo figuras asociativas, los diferentes estados y Municipios deleguen en empresas privadas la gestión de éstos residuos considerando la generación (para el cómputo de los 100 kg. mencionados) al momento del desguace y clasificación de los mismos. Sólo exigen a éstos prestadores de servicio que el acopio no supere los 1000 kilogramos de residuos peligrosos en ningún momento. Entiende la EPA que la generación del residuo peligroso se produce a partir de la identificación que realiza el acopiador de residuos peligrosos o prestatario del servicio[9].

En Europa existen diferentes modalidades de asignación de responsabilidades pero quienes hacen la recolección y transporte de éstos aparatos en desuso no son obligados a cumplir con la normativa de residuos peligrosos o industriales para ésta etapa del proceso.

Almacenamiento temporario

Tanto las acciones destinadas a la eliminación como a la recuperación de residuos conllevan mayoritariamente de un acopio o almacenamiento de los mismos por un tiempo determinado. La ley Nº 24.051 a través de su normativa complementaria entiende a éste almacenamiento como una “operación”, pasible de ser inscripta como integrante del Anexo I del Decreto Nº 831/93, siempre que se trate de un almacenamiento previo a cualquier operación de disposición final (incineración, disposición en un relleno de seguridad, tratamiento físico-químico y disposición en relleno sanitario).

Si bien la actividad de almacenamiento resulta sustancialmente diferente a las operaciones de tratamiento y disposición final previstas por la Ley nacional, igualmente le caben las obligaciones tales como la de “inscribirse por ante el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos en carácter de “Operador por Almacenamiento” y llevar un registro de operaciones específicas al almacenamiento del residuo peligroso conforme solicite la Autoridad de Aplicación. Tener un plan de contingencias e informar a la autoridad de aplicación cualquier cambio sustancial en dicha actividad con relevancia ambiental. Adecuarse a las condiciones de almacenamiento respecto de cantidades por tiempo determinado que exija la Autoridad de Aplicación.

Debe destacarse que la figura mencionada se solicita, mayoritariamente, cuando la actividad exclusiva resulta ser el almacenamiento de residuos o cuando se opera un centro de despacho que requiere almacenamiento temporario. Cuando quien realiza el almacenamiento resulta, además, tratador o reciclador de esas corrientes residuales en el mismo predio, la figura de “operador por almacenamiento” queda subsumida bajo la figura del “operador” y los requerimientos técnicos de la autoridad de aplicación se ordenan a fiscalizar las dos actividades.

Desmontaje, desensamblaje y valorización de piezas y materiales

La operatoria de desmontaje, desensamblaje y clasificación de materiales para su valorización, reciclado o eliminación requiere una caracterización efectiva a fin de determinar cual es el alcance de la “operación” bajo el marco regulatorio vigente. Resulta importante destacar que la mayoría de las piezas de los RAD-IT (circuitos impresos, conectores, discos duros, etc.) no sufren transformación alguna ni física ni química al momento de culminar su ciclo de vida útil (salvo pilas, baterías o cartuchos), siendo prácticamente idénticos en composición y funciones a las piezas originales. La mayoría de las piezas que devienen en RAD-IT, y que son desechados por los ciudadanos, gobiernos o empresas son descartados por obsoletas o por recambio tecnológico, aún cuando son funcionales.

La operatoria de Silkers SA y e-Scrap consiste en el desmontaje y desensamblaje manual de los aparatos eléctricos y electrónicos, la clasificación de los mismos y la gestión ambientalmente adecuada de aquellos materiales con destino a reciclado, refinado de metales presentes en el RAD-IT y con destino a eliminación. Resulta en el proceso inverso del montaje o ensamblaje (también denominado “demanufactura”) de piezas cuya mayoría no fueran manufacturadas en el país (circuitos impresos, circuitos integrados, transistores, capacitores, conectores, etc.), salvo estructuras externas de gabinetes y algunas piezas.

En ningún caso se realizan operaciones que transformen o modifiquen la composición de los residuos ingresados limitándose la operación a un despiece o desmontaje manual que podría asimilarse a las tareas de “manipulación” en los términos de la Ley Nº 24.051. Luego de clasificados los materiales se procede a la valorización de los mismos, agrupándolos por constituyentes o presencia de metales base.

A partir de la valorización de los RAD-IT y en función de la demanda del mercado se procede a la comercialización a los siguientes operadores locales o mundiales:

1) Empresas de Refinado o Reciclado de Metales: Estos operadores compran plaquetas, circuitos integrados, memorias, chip-sets, conectores, contactos, etc; o demás piezas que puedan contener metales tales como cobre de alto grado, estaño, níquel, oro, plata, platino, germanio, paladio, etc. Estos refinadores recuperan metales de medio a alto valor económico a partir de la combustión pirolítica y refinado de metales (sistema de arco plasma para residuos electrónicos o industriales – con temperatura superiores a 3000 °C) cuya tecnología no se aplica en Argentina para el tratamiento de residuos.

2) Recicladores de Plásticos, Vidrio y Fundiciones de Metales: Estas empresas compran por tonelada o kilos, fardos de plásticos (ABS, Alto Impacto, Polietileno, etc.), cables de cobre y PVC; vidrios de monitores limpios de fósforo, fardos de acero, latón, aluminio, etc. de la estructuras de servidores, centrales telefónicas, carcasas de CPUs o monitores, etc.

En todo caso, el circuito de Operación dentro del Marco de Residuos Peligrosos y conformación del Manifiesto - en los términos de la Ley Nº 24.051 - comienza luego del desmontaje, separación, clasificación e identificación de las corrientes peligrosas, cuyo destino deberá determinarse a los fines de fiscalizar la trazabilidad del mismo, sea dentro del país o su exportación a terceros países para su refinado o reciclado.

Gestión de los residuos peligrosos de los RAD-IT

De qué están hechos los celulares…

Composición de un mix de e-scrap informático: CPU, teclado, mouse, monitor, impresora, parlantes y scanner.

Porcentaje

ŸMetales Ferrosos ( acero, latón, níquel))

27 %

ŸMetales No Ferrosos (cobre, aluminio, plomo)

25,5 %

ŸPlásticos

24,5 %

ŸVidrio (monitores, LCD, etc)

12 %

ŸMetales Preciosos (oro, platino, plata)

1-2 %

ŸOtros

4 %

Ÿ Componentes Peligrosos

3 %

Fuente Agencia Ambiental EEUU (EPA) y E-Scrap sobre procesos de Valorización en Argentina

De qué está hecho un celular

Fuente: http://www.nokia.es/acerca/medioambiente/productos_diseno_movil_id0903.jsp

Nokia y el Instituto Fraunhofer para la Fiabilidad y la Microintegración (IZM) de Alemania han realizado un estudio en el que se ha examinado el impacto medioambiental de un teléfono móvil Nokia 6110. Los objetivos del proyecto eran estimar el contenido material y la toxicidad potencial del teléfono, identificar sus piezas y componentes medioambientalmente relevantes e identificar objetivos de mejora medioambiental. Las baterías y los accesorios no se incluyeron en el estudio. Gracias a la herramienta de evaluación medioambiental desarrollada por el IZM, se pudo identificar más del 90% del material contenido en el teléfono.
El porcentaje, en peso, de los principales tipos de materiales y los componentes que los contienen son los siguientes:

Plásticos 56%

  • Carcasas (plásticos especiales) Teclado (plástico especiales)
  • Circuito impreso y sus componentes (resinas especiales, fibra de vidrio)

Metales 25%

  • Circuito impreso (cobre, plomo, aleaciones estaño, berilio, antimonio, plata) Componentes
  • Piezas mecánicas (aluminio, zinc, platino, rodio)

Cerámica y vidrio 16%

  • Vidrio en la pantalla de cristal líquido Cerámica en los componentes
  • Fibra de vidrio en el circuito impreso

Otros 3%

  • Cristal líquido en la pantalla Pirorretardantes
  • Componentes

El teléfono contenía diferentes tipos de plásticos, siendo el tipo mayoritario, el ABS-PC, responsable del 29% de la materia total contenida en el teléfono. De entre los metales, el cobre y sus compuestos representaban el 15% del total. Otros metales frecuentes fueron el hierro, el níquel y sus compuestos, el zinc y sus compuestos, y la plata y sus compuestos. El contenido de plomo del teléfono era inferior al 1%.Basándose en el contenido del equipo, se evaluó el indicador de toxicidad potencial (TPI) de este producto. El TPI es el resultado de un método rápido de evaluación medioambiental desarrollado por el IZM. Los componentes que reciben los mayores valores de TPI son candidatos a sustitución o mejora. Los valores de TPI más altos para este producto fueron los metales y sus compuestos: cobre, níquel, plata, estaño y plomo.Para evaluar el potencial de reciclaje del teléfono, se utilizó el contenido material combinado con la estructura del producto para estimar la estrategia óptima de reciclaje. Los criterios exigían que hubiera cantidades mínimas de materiales valiosos para los procesos estándar de reciclaje y cantidades máximas aceptables de sustancias nocivas o susceptibles de interferir en el reciclaje. Se llegó a la conclusión de que el refinamiento de los metales preciosos y el fundido de cobre son las mejores opciones tanto para reciclar el circuito integrado ya ensamblado como el teléfono móvil completo.En estos momentos estamos intentando sustituir ciertos materiales, en concreto ciertos tipos de baterías.

  • Ya hemos sustituido las baterías de níquel-cadmio por baterías de hidruro de níquel y ahora estamos cambiando de nuevo a baterías de iones de litio.
  • También estamos examinando la cuestión del plomo y de los pirorretardantes. En estos casos también estamos intentando comprobar el impacto medioambiental de las alternativas

http://www.nokia.es/acerca/medioambiente/productos_diseno_movil_id0903.jsp

Los riesgos de los desechos electrónicos

Durante el año 2007, en la Argentina, los mercados de telecomunicaciones e informática (IT) movieron, según la consultora Prince & Cooke, 23.000 millones de pesos, equivalentes a 4,3% del Producto Bruto (PBI). Este incremento en las ventas fue del orden de 30 % para informática y, del 20 % telecomunicaciones. Como valor indicativo, durante el año pasado, se vendieron 1.200.000 computadoras.

Pero, no todo lo bueno dura para siempre. Las computadoras y sus monitores, al igual que los teléfonos celulares y los electrónicos, en general, tienen un ciclo de vida y, tarde o temprano (5 años para una PC, en el promedio mundial, y 2 años para un celular, pasar a ser chatarra. El e-scrap o RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos) son un verdadero problema para el mundo desarrollado.

La gestión de los RAEE en al UE involucrará, en el 2006, un gasto de entre 600 y 1.000 millones de euros. Obviamente, una parte de ese gasto, retornará como recursos minerales (cobre, oro, estaño, níquel, etc.) para la producción de nuevos electrónicos, como así también, mediante la reducción del gasto municipal de la gestión que los RAEE provocaban al contaminar rellenos sanitarios y, de haber percolados, acuíferos.

Entre los RAEE o e-scrap se incluyen los equipos de informática y comunicaciones, celulares, electrodomésticos, equipos de audio y video, la TV, equipos para control y vigilancias, expendedores automáticos, sistemas para automatización y control aplicados a máquinas y equipos utilizados en la producción de bienes y servicios (industrial, agro industrial, transporte, minería, petróleo y otros). Estos aparatos tienen en común que funcionan gracias a uso de corriente eléctrica o campos magnéticos. También tienen en común metales o compuestos peligrosos como el plomo, mercurio, cadmio y bromo.

Dónde está el problema de los RAEE

La Ley Nacional N° 24.051 sobre Residuos Peligrosos, que incorpora los lineamientos de la Convención de Basilea, expresa, en el Artículo Nº 2; – “Será considerado peligroso, a los efectos de esta ley, todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general“. Ahora, ¿dónde está el riesgo potencial del e-scrap. Veamos:

Los Circuitos Impresos y Circuitos Integrados: que fueron asignados en el Anexo VIII de la Convención de Basilea, entrada A 1180, como “residuos de ensamblajes eléctricos y electrónicos…” y a la entrada A 1020 “antimonio y compuestos de antimonio” y “berilio y compuestos del berilio”. Estos ensamblajes eléctricos y electrónicos contienen compuestos brominados y óxidos de antimonio como retardantes de llama, plomo en soldaduras; así como aleaciones de Berilio y Cobre como conectores.

Más del 90% en las pilas recargables tiene cadmio (Y 26) y/o plomo (Y31). Las baterías de Níquel-Cadmio, que están asignadas en el Anexo VIII, entrada A 1170 como “residuos de baterías en desuso”. También se usa plomo en soldaduras de las plaquetas, en las lámparas y en tubos de rayos catódicos (CRT: cathode ray tubes), junto al fósforo.

También son peligrosos los cilindros o tambores de selenio; el mercurio presente en las pilas y censores de posición, con una pequeña contribución por parte de los relés y tubos fluorescentes; así como pantallas de LCD; el cromo hexavalente utilizado como inhibidor de corrosión en el sistema de refrigeración de los refrigeradores por absorción; el material óptico que indio, galio, arseniuros y cadmio y los plásticos viejos por tener retardadores de llama Brominados (Brominated Flame Retardants –BFRs-).

Dónde está la solución: reciclaje y refinado de metales y sustancias

La mayoría de los aparatos electrónicos contienen una cantidad de elementos, incluyendo metales, que se pueden reciclar. El reciclaje de los viejos aparatos electrónicos ahorra recursos y protege el medio ambiente. Hoy se habla de la minería urbana, es decir, que en lugar de obtener los metales de las montañas, con el alto impacto ambiental generado por la extracción de oro o cobre de la roca, se puede obtener un porcentaje creciente del reciclado y refinado de metales. Un kilo de e-scrap de teléfonos celulares tiene 10 veces más oro que la mejor roca de la mejor mina aurífera.

Ahora, el gran tema que tiene que debatir la Argentina, es cómo recolectar en forma diferenciada éste tipo de residuos a fin de poder valorizarlos antes de su reciclado y refinado. Acá surgen dos alternativas a partir de dos modelos:

a) Modelo de EEUU: a partir de una serie de restricciones ambientales municipales, el e-scrap o e-waste no puede ingresar a los rellenos sanitarios. En ése país, se han probado todas las alternativas, y la conclusión fue dejar actuar a la mano oculta del mercado, basado en una poderosa industria del reciclado que cuenta con subsidios, pero que cada vez es más eficiente: más del 70 % de aluminio, el 65 % del cobre y el 60 % del acero proviene del reciclado de metales. Eso sí, para aquellos residuos como las TV, que no tienen interés para los recicladores, el Estado aporta para su tratamiento

b) Modelo Europeo: a partir de la Directiva comunitaria RAEE, o en inglés WEEE, involucra a los productores (IBM, Dell, Sony) y comercializadores (cadenas de electrodomésticos, shopings, etc.) en lograr separar de la corriente general de residuos sólidos domésticos todos aquellos residuos que posean alguna característica de peligrosidad y que, por lo tanto, constituyen una corriente especial que debe recibir adecuado tratamiento y/o disposición final. Y para ello fijaron metas de reciclar hasta el 65 % de los RAEE en el 2005.

Para la Argentina, la solución estaría más cerca del modelo americano, gracias a una fuerte red de recicladores y recuperadores urbanos que pueden participar en al recolección selectiva del e-scrap. Esto también tendría un gran impacto positivo en cuanto a la generación de fuentes de empleo semi especializadas: serían los “escraperos” encargados de desmontar los residuos electrónicos y valorizar cada una de las piezas para mandar a refinar.

Para concluir, el gran paso que tiene que dar el Gobierno y las empresas, será evitar que los RAEE terminen su ciclo de vida en rellenos sanitarios, basurales (legales o clandestinos) o arrojados por ahí. El siguiente paso, será involucrar a empresas y municipios para que intervengan activamente en la separación y acopio de rezagos electrónicos, previos al retiro por empresas de reciclado. Finalmente, los gobiernos deberán ser muy estrictos en auditar que las empresas recicladoras gestionen, ya sea en reciclado o en la disposición final, el e-scrap para que no impacten en el ambiente y la salud humana.

Lic. Gustavo F. Protomastro . Biólogo (UBA) y Master en Ingeniería y Gestión Ambiental (Univ. Politécnica de Cataluña)

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Legislación Argentina e Internacional

Recuadro: Dra. Ana Vidal de Lamas, abogada ambientalista

Los residuos peligrosos de origen doméstico (el generador los dispone como si fueran RSU) constituyen un universo de residuos de características bien conocidas que hasta la actualidad no han sido abordados en el país debido a la complejidad de los aspectos operativos para su correcta gestión como así también a las responsabilidades de los actores involucrados.

Estos residuos han sido contemplados en la Ley Nº 25.916 de Gestión Integral de Residuos Domiciliarios, ley de presupuestos mínimos, que en su artículo 35, indica la necesidad de establecer “programas especiales de gestión” para los mismos.

ARTICULO 35. – Las autoridades competentes deberán establecer, en el ámbito de su jurisdicción, programas especiales de gestión para aquellos residuos domiciliarios que por sus características particulares de peligrosidad, nocividad o toxicidad, puedan presentar riesgos significativos sobre la salud humana o animal, o sobre los recursos ambientales

Los residuos domésticos peligrosos (RPD) por lo tanto se encontrarían dentro de los que denominamos “peligrosos” según nuestra ley 24051, pero a la vez son generados por nosotros en nuestros hogares mediante el consumo de productos como pinturas, plaguicidas, inflamables, pilas, lámparas de bajo consumo, aparatos eléctricos y electrónicos, etc.(art.35 ley 25916) El Convenio de Basilea, al cual Argentina adhiere por ley 23922 los caracteriza como los Y46,colectados en los hogares.

Hay entonces una urgente necesidad de un nuevo marco legal, ya que los RPD no son residuos domiciliarios regulares ni se pretende considerarlos como peligrosos – en cuanto a su manejo y disposición por parte de los particulares- y enmarcarlos dentro de la Ley 24.051, a los fines de facilitar su gestión y evitar complicados trámites y confundir a la población.

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (SAyDS) los considera como peligrosos, debido a sus componentes, no debiéndose desechar con la basura municipal (RSU). Por ende, los AEE en desuso deben se recogidos y tratados por operadores debidamente registrados en los organismos ambientales de las provincias o la Nación.

El país no cuenta con una legislación específica, pero considera que el escrap no debe ir a contaminar rellenos sanitarios o basurales municipales.Un ejemplo: un televisor o un monitor de computadora tiene hasta dos kilos de óxido de plomo

La Convención de Basilea define mayoritariamente a los RAEE dentro del Anexo VIII, en la entrada A1180, como “residuos de ensamblajes eléctricos y electrónicos…”.”Residuo Universal/Especial Doméstico”.

          El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea autorizaron la Directiva 2002/95/CE sobre la restricción del uso de determinadas substancias peligrosas en los equipos eléctricos y electrónicos. Esta nueva directiva, conocida también como RoHS (“ro-has”) exige que, para julio de 2006, los fabricantes hayan reducido la utilización de seis substancias peligrosas hasta unos niveles mínimos aceptables: Plomo (Pb); Cromo hexavalente (Cr +6); Mercurio (Hg); Bifenilo polibromado (PBB); Cadmio (Cd); Difenil éter polibromado (PBDE).
 
          En la misma fecha se autorizó también la Directiva 2002/96/CE o RAEE  (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos) En esta directiva se fomenta la recogida, el tratamiento y el reciclaje de los residuos eléctricos y electrónicos, estableciéndose criterios específicos para ello.
 
a.. Se establecen los requerimientos respecto a la cantidad de recogida de RAEE (aparte de los de origen doméstico)
 b.. Los revendedores son responsables las devoluciones de RAEE, sin cargo.
 c.. Exige que los RAEE sean sometidos a tratamiento
 d.. Exige a los fabricantes que marquen los productos de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) con el símbolo de los RAEE (un contenedor de basuras cruzado con un aspa)
 
          Ambas directivas afectan a la totalidad del sector electrónico a todos los niveles, desde la tienda minorista a los fabricantes, los distribuidores y los fabricantes de equipos originales. 

En principio, en Argentina, se está trabajando con la Directiva RAEE de la Unión Europea tratando de adaptarla a la realidad local y se está avanzando con la Directiva RoHS que tiende a verificar como se fabrican los productos de manera de evitar cada vez más, los elementos contaminantes desde su origen.

Asimismo, se promueven programas de recolección o depósito diferenciado municipales para todo tipo de residuo doméstico peligroso, incluyendo los RAEE. El objetivo principal es lograr separar de la corriente general de residuos sólidos domésticos todos aquellos residuos que posean alguna característica de peligrosidad y que por lo tanto constituyen una corriente especial que debe recibir adecuado tratamiento y/o disposición final.

Impacto ambiental y a la salud de los residuos peligrosos domésticos

La dimensión del impacto ambiental que puede producir la presencia de estas sustancias peligrosas depende fundamentalmente de su toxicidad y de las cantidades que pueden ser liberadas al medio ambiente una vez finalizada la vida útil de los aparatos.

Todos los residuos siempre impactan en el medio ambiente, porque la mayoría de los materiales no son biodegradables. Los metales tienen una gran capacidad para persistir en el medio ambiente. Y el eslabón final siempre es el hombre, que termina ingiriéndolos a través de lo que come.

Los problemas que acarrean al organismo materiales como el plomo (daño renal, trastornos menstruales, irrita el sistema nervioso, disminución de glóbulos rojos), el cadmio (afecta al hígado, el riñón, los pulmones, el corazón, los huesos), el níquel (afecta los pulmones, provoca abortos espontáneos).


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