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LA IN DOCENTE DE LA USAL (Universidad del Salvador) HACE VIOLACIÓN LEGALIZADA DE LOS DERECHOS HUMANOS

Manifestación de repudio a la desvinculación de la docente Paola Raffeta de su cargo en la Universidad del Salvador.

Abril 10th, 2009

Los invitamos a firmar la carta de apoyo a Raffeta y de repudio a los fundamentos de su desvinculación que reproducimos abajo.

Les solicitamos enviar adhesiones a:

ubadenuncia@yahoo.com.ar

con el asunto “Adhesión 1”. Los datos que deben figurar en el cuerpo del mail son: Nombre y Apellido, DNI, institución/es, ciudad, país.

Recibimos adhesiones hasta el 18 de abril. Luego enviaremos una copia impresa de la carta y todas las firmas a las autoridades de la USAL.

Manifestación de repudio a la desvinculación de la docente Paola Raffeta de su cargo en la Universidad del Salvador.

Los abajo firmantes, docentes y estudiantes universitarios e investigadores, manifestamos por medio de esta carta nuestro repudio a las razones expresadas por la Prof. Luisa R. Rosell en su calidad de Directora de la Escuela de Estudios Orientales “Rev. Padre Ismael Quiles S. J.” de la Universidad del Salvador, así como a todas las autoridades de esta casa de estudios que de alguna manera las hayan avalado, para justificar la desvinculación de la Lic. Paola Raffetta de su cargo como docente en la mencionada casa de estudios en el día 1° de abril de 2009.
Consideramos que los artículos 39 y 40 del Estatuto Académico de la Universidad del Salvador, mencionados como criterios legales para excusar la desvinculación de la docente, contradicen claramente lo sancionado por el artículo 1° de la Ley Nº 23.592, así como los derechos garantizados por el artículo 14 de la Constitución Nacional de la República Argentina y los artículos 18 y 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que la República Argentina suscribe. Ninguna institución pública o privada de la Argentina puede oponerse legítimamente a ninguna de estas normas. Por lo tanto, consideramos que la desvinculación de la docente Paola Raffetta fue realizada en contravención del marco legal establecido a tales efectos.
Asimismo, consideramos que lo actuado por las autoridades de la Universidad del Salvador lesiona gravemente la libertad de investigación y enseñanza académica y científica y se opone directamente a los derechos de los trabajadores de la investigación y la docencia de nivel superior.

Citamos a continuación el texto de los artículos citados:
Artículo 1° de la Ley N° 23.592: “Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.”

Artículo 14 de la Constitución Nacional de la república Argentina: “Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.”

Artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.”

Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”

FIRMAS (Nombre, DNI, institución, ciudad, país)

La Otra Mejilla

UNIVERSIDAD DEL SALVADOR
ESCUELA DE ESTUDIOS
ORIENTALES
“Rev. Padre Ismael Quiles S.J.”
——————————————————————————————
Buenos Aires, 1° de Abril de 2009

Lic. Paola Raffetta
S/D

De mi consideración:

Me dirijo a Ud. con el objeto de poner en su conocimiento que no está propuesta como docente para el año académico 2009.

Motiva esta decisión sus expresiones públicas sobre apostasía y sus juicios adversos a la Iglesia Católica aparecidos en el Diario Crítica el 31 de marzo de 2009.

El Estatuto Académico de la Universidad del Salvador establece en el inciso e) del Artículo 39:

“Los docentes tendrán los siguientes deberes:

No difundir ni adherir a concepciones que se opongan a la doctrina católica”.

Artículo 40:

“Los docentes gozarán de libertad para enseñar e investigar según sus propios criterios científicos y pedagógicos, sin otras limitaciones que las establecidas en el presente Estatuto y en las disposiciones emanadas de la Universidad”.

Artículo 42:

“Los docentes cesarán en sus cargos y podrán ser removidos por las causales y en las condiciones que fije el respectivo Reglamento”.

Como Licenciada en Estudios Orientales en esta Escuela de Estudios Orientales “R.P. Ismael Quiles S.J.” y como docente hasta el Año Académico 2008, Ud. conoce y ha aceptado los principios que fundamentan la vida de esta Universidad, por lo tanto no puede seguir perteneciendo a ella.

Sin otro particular.

Prof. LUISA R. ROSELL
DIRECTORA
ESCUELA DE ESTUDIOS ORIENTALES
“REV. PADRE ISMAEL QUILES S.J.”
UNIVERSIDAD DEL SALVADOR

———————————————————————————————–
Hipólito Yrigoyen 2441
(1090) Buenos Aires – Argentina
Tel: 4952-1403
E-mail: uds-orie@salvador.edu.ar


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