31/10/08
Respuesta sobre Rentas Vitalicias
Quedan al margen de los cambios que podrían sobrevenir si se aprueba el proyecto. El contrato firmado con la compañia de seguro no se modifica. Si se retira del país, y la cartera no es absorbida por otra aseguradora, la compañia se liquida. La renta previsional tiene una garantía una del Estado de 5 la PBU ($326). Hoy esa garantía máxima es de $ 1.630
En relación a este tema, la ley 24.241 dice: “El pago de las jubilaciones, retiros por invalidez y pensiones por fallecimiento de los beneficiarios que hubieren optado por la modalidad de renta vitalicia previsional, en caso que por declaración de quiebra o liquidación por insolvencia, las compañías de seguros de retiro no dieren cumplimiento a las obligaciones emanadas de los contratos celebrados con los afiliados en las condiciones establecidas por esta ley. Esta circunstancia deberá ser certificada en forma conjunta por la Superintendencia de Seguros de la Nación y la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones. La garantía a que se refiere este inciso será aplicable únicamente a las prestaciones que se hubieren financiado con fondos provenientes del régimen de capitalización y el monto máximo a garantizar mensualmente correspondiente al haber de la prestación de cada beneficiario será igual al importe dado por cinco (5) veces el equivalente a la máxima prestación básica universal.

Yo no estaba informada por la AFJP a la que deposito, que mi dinero se invertía en el exterior. ¿Piderdo mis ahorros? ¿Por qué no mew consultaron antes de invertir fuera del país?