Retribucion Especial
PAGO DE RETRIBUCION ESPECIAL PARA AQUELLOS AGENTES QUE HAYAN CESADO ENTRE ABRIL DE 2002 Y EL 30 DE JUNIO DE 2005
Atento a la sanción de la ley 14196 el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires restituirá a través del Instituto de Previsión Social, que oficiara como agente pagador, a todos aquellos agentes públicos que hayan cesado entre el 1º de abril de 2002 y el 30 de junio de 2005 inclusive, el premio jubilatorio consistente en 6 sueldos básicos mas la antigüedad al momento del cese.
Regimenes alcanzados por la Ley 14196:
Ley 10328 Personal de la Dirección de Vialidad
Ley 10384 Personal de Obras Sanitarias
Ley 10430 Personal de la Administración Pública
Ley 10579 Personal Docente
Ley 12268 Personal de Actividad Artística
